3. Otras disposiciones. . (2024/244-76)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 18 de diciembre de 2024

página 55806/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto
de orden por la que se modifica la Orden de 29 de junio de 2023, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo
en Andalucía.
Con fecha 26 de noviembre de 2024, la persona titular de la Viceconsejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo acordó el inicio de la tramitación del proyecto de orden
por la que se modifica la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.
La tramitación del referido proyecto de orden ha sido declarada de urgencia.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en
el artículo 7.2.d) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
RESU ELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se modifica
la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento
del trabajo autónomo en Andalucía, durante un plazo de siete días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán
dirigirse a la persona titular de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía
Social de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y se podrán realizar en
formato electrónico a través de la dirección de correo
participa.autonomo.ceeta@juntadeandalucia.es
así como en formato papel, presentándose preferentemente en la oficina de asistencia
en materia de registros de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, sin
perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, adjuntándose
a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la
acreditación de la constitución y representación.
Sevilla, 10 de diciembre de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Elena Lobillo Chacón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312752

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de orden quedará expuesto para
su general conocimiento:
a) En formato electrónico, a través del Portal de la Junta de Andalucía, mediante
el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos
normativos» en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/548218.html
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Trabajo Autónomo y
Economía Social, sita en la Avda. Albert Einstein, núm. 4, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla,
en horario de nueve a catorce horas, con las excepciones previstas en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.