3. Otras disposiciones. . (2024/242-55)
Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede declaración en concreto de utilidad pública para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología eólica. (PP. 8576/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 44602/2
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• Excmo. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla.
• Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Área de Industria y Energía.
• Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria,
Energía y Minas en Sevilla (Servicio de Industria y Minas).
• Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla.
• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
• Diputación Provincial de Sevilla. Servicio de Carreteras.
• Ecologistas en Acción.
• Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
• Red Eléctrica de España, S.L.U.
• E-distribución Redes Digitales, S.L.U.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Cuarto. Con fecha de 12 de abril de 2024, el peticionario manifiesta que dispone de
los terrenos precisos para la implantación de la instalación de generación del expediente
de referencia, de las siguientes parcelas que originalmente fueron incluidas en la RBDA
publicada, y que han sido desafectadas:
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
• Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos
directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301552
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 44602/2
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• Excmo. Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla.
• Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Área de Industria y Energía.
• Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria,
Energía y Minas en Sevilla (Servicio de Industria y Minas).
• Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla.
• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
• Diputación Provincial de Sevilla. Servicio de Carreteras.
• Ecologistas en Acción.
• Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
• Red Eléctrica de España, S.L.U.
• E-distribución Redes Digitales, S.L.U.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Cuarto. Con fecha de 12 de abril de 2024, el peticionario manifiesta que dispone de
los terrenos precisos para la implantación de la instalación de generación del expediente
de referencia, de las siguientes parcelas que originalmente fueron incluidas en la RBDA
publicada, y que han sido desafectadas:
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
• Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos
directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301552
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