3. Otras disposiciones. . (2024/242-61)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Málaga, de concesión de subvenciones a federaciones de asociaciones de alumnado de ámbito provincial y asociaciones de alumnado de centro sostenidos con fondos públicos, durante el curso académico 2024/2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 55412/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Málaga, de concesión de subvenciones a federaciones de asociaciones
de alumnado de ámbito provincial y asociaciones de alumnado de centro
sostenidos con fondos públicos, durante el curso académico 2024/2025.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. La Orden de 15 de Abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), de la
Consejería de Educación, establece las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, entre otras, para el desarrollo de proyecto de fomento de la participación
para las federaciones provinciales de asociaciones de alumnado y asociaciones del
alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos.
La disposición adicional primera de la mencionada orden delega en la Dirección
General de Participación e Innovación Educativa (actualmente, de Ordenación, Inclusión,
Participación y Evaluación Educativa) la competencia para convocar anualmente la
concesión de subvenciones mediante resolución que será publicada en el BOJA.
Segundo. La Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA núm. 119, de 20 de junio),
de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa,
efectúa la convocatoria para la concesión de estas subvenciones para el curso 2024/2025.
El extracto de la referida resolución, publicado en el mismo boletín, realiza la distribución
territorial de los créditos correspondientes.
Tercero. Se constituye la Comisión Evaluadora Provincial de acuerdo a lo establecido
en la bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011 para esa línea de subvenciones.
Tras los trámites oportunos, con fecha 26 de septiembre, esta dicta propuesta provisional
en los términos especificados en el artículo 16.4 de las bases reguladoras y da un plazo
de diez días para el trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentación y
aceptación, en su caso, en seguimiento de los dispuesto en el artículo 17 de las bases
reguladoras.
Cuarto. Con fecha 28 de octubre, la Comisión formula, tal como se recoge en el
artículo 18 de las bases reguladoras de la orden citada y el apartado 13 de su cuadro
resumen, la propuesta definitiva de resolución y la eleva a la persona titular de la
Delegación Territorial, para que resuelva esta convocatoria de ayudas.
Primero. Estas subvenciones se regirán por lo previsto en las bases reguladoras,
publicadas en la Orden de la Consejería de Educación, de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95,
de 17 de mayo), y en la Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA núm. 119, de 20 de
junio), por la que se efectúa la convocatoria y en su extracto preceptivo publicado en el
mismo boletín.
Segundo. Le es de aplicación:
- El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías;
el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312358
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 55412/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Málaga, de concesión de subvenciones a federaciones de asociaciones
de alumnado de ámbito provincial y asociaciones de alumnado de centro
sostenidos con fondos públicos, durante el curso académico 2024/2025.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. La Orden de 15 de Abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), de la
Consejería de Educación, establece las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, entre otras, para el desarrollo de proyecto de fomento de la participación
para las federaciones provinciales de asociaciones de alumnado y asociaciones del
alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos.
La disposición adicional primera de la mencionada orden delega en la Dirección
General de Participación e Innovación Educativa (actualmente, de Ordenación, Inclusión,
Participación y Evaluación Educativa) la competencia para convocar anualmente la
concesión de subvenciones mediante resolución que será publicada en el BOJA.
Segundo. La Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA núm. 119, de 20 de junio),
de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa,
efectúa la convocatoria para la concesión de estas subvenciones para el curso 2024/2025.
El extracto de la referida resolución, publicado en el mismo boletín, realiza la distribución
territorial de los créditos correspondientes.
Tercero. Se constituye la Comisión Evaluadora Provincial de acuerdo a lo establecido
en la bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011 para esa línea de subvenciones.
Tras los trámites oportunos, con fecha 26 de septiembre, esta dicta propuesta provisional
en los términos especificados en el artículo 16.4 de las bases reguladoras y da un plazo
de diez días para el trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentación y
aceptación, en su caso, en seguimiento de los dispuesto en el artículo 17 de las bases
reguladoras.
Cuarto. Con fecha 28 de octubre, la Comisión formula, tal como se recoge en el
artículo 18 de las bases reguladoras de la orden citada y el apartado 13 de su cuadro
resumen, la propuesta definitiva de resolución y la eleva a la persona titular de la
Delegación Territorial, para que resuelva esta convocatoria de ayudas.
Primero. Estas subvenciones se regirán por lo previsto en las bases reguladoras,
publicadas en la Orden de la Consejería de Educación, de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95,
de 17 de mayo), y en la Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA núm. 119, de 20 de
junio), por la que se efectúa la convocatoria y en su extracto preceptivo publicado en el
mismo boletín.
Segundo. Le es de aplicación:
- El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías;
el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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