3. Otras disposiciones. . (2024/242-65)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 55559/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 8
de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Endesa
Energía, S.A.U., contra la inactividad de la Administración por desestimación presunta
de la reclamación previa, de fecha 17 de junio de 2024, por impago de facturas con el
SAE derivadas del suministro de energía eléctrica, que ha dado lugar al procedimiento
ordinario 349/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser
remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación
judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá
en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la
estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el artículo
15 bis de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011,
de 19 de abril (BOJA núm. 83, de 29 abril 2011),
RESU ELVO
2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados para que
puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el Juzgado en
legal forma, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá
por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y
si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que
haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- La Directora Gerente, María Victoria Martín-Lomeña
Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312506
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a Endesa Energía, S.A.U.,
al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 8 de Sevilla.
BOJA
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024
página 55559/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 8
de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Endesa
Energía, S.A.U., contra la inactividad de la Administración por desestimación presunta
de la reclamación previa, de fecha 17 de junio de 2024, por impago de facturas con el
SAE derivadas del suministro de energía eléctrica, que ha dado lugar al procedimiento
ordinario 349/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser
remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación
judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá
en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la
estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el artículo
15 bis de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011,
de 19 de abril (BOJA núm. 83, de 29 abril 2011),
RESU ELVO
2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados para que
puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el Juzgado en
legal forma, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá
por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y
si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que
haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- La Directora Gerente, María Victoria Martín-Lomeña
Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312506
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a Endesa Energía, S.A.U.,
al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 8 de Sevilla.