Disposiciones generales. . (2024/242-3)
Decreto 266/2024, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan los Premios «Nuestra Industria, Energía y Minas de Andalucía».
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 242 - Lunes, 16 de diciembre de 2024

página 55659/2

que contribuyan a la generación de valor a la sociedad destacando proyectos de alto
impacto, calidad, responsabilidad social y sostenibilidad en Andalucía.
La norma consta de una parte expositiva, diez artículos, una disposición adicional, y
dos disposiciones finales. En los diez artículos se crean y regulan los Premios «Nuestra
Industria, Energía y Minas de Andalucía». La disposición adicional única se refiere a la
información sobre este premio que se incluirá en el Catálogo de Premios de la Junta
de Andalucía. La disposición final primera se refiere al desarrollo y ejecución de lo
establecido en este decreto. Por último, la disposición final segunda determina su entrada
en vigor.
Este decreto da cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refieren
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Reconocer la labor de profesionales y empresas, supone un incentivo y una
promoción de las actividades cualitativamente sobresalientes que hacen necesario e
idóneo proceder a la aprobación de este decreto, por el que se crean y regulan unos
premios que distingan públicamente su trabajo y la excelencia en su actividad.
De este modo, la norma respeta los principios de necesidad y eficacia, que justifica
la creación y regulación de estos premios de carácter honorífico. Y de acuerdo con el
principio de proporcionalidad, contiene la regulación imprescindible para atender a esta
necesidad, sin que existan otras medidas alternativas ni se impongan nuevas obligaciones
a los sujetos destinatarios de la norma.
Asimismo, es acorde con el principio de seguridad jurídica, pues la regulación es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico, tanto nacional como de la Unión
Europea y es el instrumento normativo expresamente previsto para cumplir con esta
finalidad, de acuerdo con el principio de eficiencia, por cuanto no incorpora nuevas
cargas administrativas.
En su tramitación se ha observado el principio de transparencia, posibilitando el
acceso al texto y a los documentos propios de su proceso de elaboración en los términos
establecidos en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública
de Andalucía.
Así, para asegurar la participación ciudadana, con carácter previo a la elaboración del
proyecto se ha recabado la opinión de la ciudadanía a través del portal de transparencia
de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 133.1 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, 45.1.a) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y 28.2 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación
Ciudadana de Andalucía, y con el propósito de conseguir el mayor consenso posible, se
han realizado los preceptivos trámites de audiencia e información pública.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha tenido en cuenta la
integración transversal del principio de igualdad de género en la elaboración de este
decreto, considerando necesario galardonar la labor de la mujer en este sector, ya que
todavía no está suficientemente visibilizada en este ámbito, siendo conscientes de que
actualmente su mayor representación está en aquellos sectores vinculados a los roles
femeninos, estereotipos que deben ir desechándose con esta y otras contribuciones.
En este sentido, de conformidad con las atribuciones establecidas en el Decreto
163/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Política Industrial y Energía, actual Consejería de Industria, Energía y Minas,
corresponden a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de actividades industriales, mineras y energéticas, así como la
cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dichos campos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312606

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía