3. Otras disposiciones. . (2024/241-35)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se pone fin al procedimiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación eléctrica que se cita. (PP. 10123/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 13 de diciembre de 2024

página 54677/2

desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento
de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Decreto 9/2011,
de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos
Administrativos de Industria y Energía, establecen los trámites reglamentarios para los
procedimientos de autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración de utilidad pública.
Segundo. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente
para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de otorgamiento
de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto
del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30
de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General
de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Como consecuencia del informe desfavorable emitido por el Ayuntamiento de Jerez
de la Frontera, informando desfavorablemente la solicitud de Compatibilidad Urbanística
para la Instalación PSFV Montealto, por no ser compatible con el PGOU de Jerez de
la Frontera, esta Delegación Territorial, ante la imposibilidad que prospere la licencia
urbanística para la construcción de la instalación proyectada, no puede separarse de
lo que otra Administración haya dictado en el ámbito de sus competencias, y vistos los
preceptos legales citados y demás de general aplicación, en particular los artículos 21 y
84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, a propuesta del Servicio de Energía,
RESU ELV E
Denegar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción a Inverrenova, S.L., para la instalación eléctrica de alta tensión de planta
solar fotovoltaica «PSFV Montealto» y sus infraestructuras de evacuación, en el término
municipal de Jerez de la Frontera, ordenando el archivo del expediente descrito en el
antecedente de hecho primero.
Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente, al gestor de red
y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.
Asímismo, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, 24 de octubre de 2024.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311624

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía
y Minas en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.