Disposiciones generales. . (2024/240-8)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Histórico, por la que se amplía el plazo de la convocatoria para 2024, de las ayudas previstas en la Orden de 29 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las Universidades Públicas Andaluzas sobre patrimonio etnológico, en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024

página 55490/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio
Histórico, por la que se amplía el plazo de la convocatoria para 2024, de las
ayudas previstas en la Orden de 29 de julio de 2024, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación
de las Universidades Públicas Andaluzas sobre patrimonio etnológico, en
Andalucía.
Mediante Orden de 29 de julio de 2024, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,
publicada en el BOJA núm. 151, de 5 de agosto de 2024, se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
para la financiación de proyectos de investigación de las universidades públicas andaluzas
sobre patrimonio etnológico, en Andalucía.
La resolución de 5 de noviembre de 2024 de la Dirección General de Patrimonio
Histórico convoca las ayudas reguladas en la citada orden, estableciendo un plazo de
presentación de solicitudes de 15 días a contar desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria; dicho extracto fue publicado en el BOJA núm. 226, de 20 de
noviembre de 2024.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dispone que la Administración, salvo precepto
en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de
los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo
aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de
29 de julio de 2024, por la que se delega en la persona titular de la Dirección General de
Patrimonio Histórico la convocatoria de las ayudas reguladas en la misma, así como para
realizar cuantas actuaciones sean necesarias para su ejecución.
Con el objeto de facilitar la mayor participación en esta convocatoria de ayudas y
teniendo en cuenta la finalidad a la que se destinan estas subvenciones,
RESUELVO
Primero. Ampliar en 7 días el plazo de presentación de solicitudes establecido en el
resuelvo undécimo de la Resolución de 5 de noviembre de 2024, por la que se realiza
convocatoria para 2024 de las ayudas previstas en la Orden de 29 de julio de 2024, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación de las
universidades públicas andaluzas sobre patrimonio etnológico, en Andalucía.

Sevilla, 5 de diciembre de 2024.- La Consejera de Cultura y Deporte, P.D. (Orden de
29.7.2024, BOJA núm. 151, de 5.8.2024), la Directora General, Mónica Ortiz Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312436

Segundo. La presente orden producirá efectos desde el mismo día de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.