Autoridades y personal. . (2024/240-28)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 25 de noviembre de 2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público complementaria del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55430/2
Tercero. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las
Personas con Discapacidad en Andalucía, se reservará en las convocatorias de plazas
de nuevo ingreso incluidas en la Oferta de Empleo Público, las plazas correspondientes
hasta completar el cupo del 10% de plazas de nuevo ingreso, para su cobertura entre
personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten
su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En caso de no
cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a
posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas.
Cuarto. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el
Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar
los principios rectores en materia de acceso al empleo público establecidos en el artículo
55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y se desarrollarán
conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del mencionado Real Decreto Legislativo.
Quinto. El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva ha acordado ceder al
colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios parte de la
tasa de reposición correspondiente al colectivo del Personal Docente e Investigador, que
asciende a 11 efectivos, cesión regulada en el artículo 20 cuatro.1 de la Ley de PGE de
2023, donde se indica que la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos
prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este
Rectorado (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Huelva (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Huelva, 4 de diciembre de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
A NE XO
Subgrupo
Plazas***
Catedráticas/os de Universidad (*)
Cuerpo
A1
15
Profesoras y Profesores Titular de Universidad (**)
A1
20
I
3
Profesoras y Profesores Permanentes Laborales (**)
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores
contratados doctores, la Universidad está obligada a destinar, como mínimo, un 15 por
ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312376
* Plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.
** En aplicación de la tasa de reposición. Por turno libre.
*** En virtud del art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía al personal con discapacidad, se reserva el cupo legalmente establecido.
BOJA
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55430/2
Tercero. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las
Personas con Discapacidad en Andalucía, se reservará en las convocatorias de plazas
de nuevo ingreso incluidas en la Oferta de Empleo Público, las plazas correspondientes
hasta completar el cupo del 10% de plazas de nuevo ingreso, para su cobertura entre
personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten
su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En caso de no
cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a
posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas.
Cuarto. Las convocatorias de las plazas derivadas de esta oferta se publicarán en el
Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para garantizar
los principios rectores en materia de acceso al empleo público establecidos en el artículo
55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y se desarrollarán
conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del mencionado Real Decreto Legislativo.
Quinto. El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva ha acordado ceder al
colectivo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios parte de la
tasa de reposición correspondiente al colectivo del Personal Docente e Investigador, que
asciende a 11 efectivos, cesión regulada en el artículo 20 cuatro.1 de la Ley de PGE de
2023, donde se indica que la tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos
prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este
Rectorado (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Huelva (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Huelva, 4 de diciembre de 2024.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
A NE XO
Subgrupo
Plazas***
Catedráticas/os de Universidad (*)
Cuerpo
A1
15
Profesoras y Profesores Titular de Universidad (**)
A1
20
I
3
Profesoras y Profesores Permanentes Laborales (**)
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores
contratados doctores, la Universidad está obligada a destinar, como mínimo, un 15 por
ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312376
* Plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.
** En aplicación de la tasa de reposición. Por turno libre.
*** En virtud del art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía al personal con discapacidad, se reserva el cupo legalmente establecido.