Autoridades y personal. . (2024/240-27)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal técnico, de gestión y de administración y servicios en la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación, mediante contrato de duración determinada vinculados a programas financiados con fondos europeos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024

página 55483/5

3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán las que
figuran en el Anexo IV.
5.2. Quienes formen parte del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo
al Rector de la Universidad, cuando concurra alguna de las circunstancias de las previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia
solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración
expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así
como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).
5.3. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el Tribunal
según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página web del área de Personal, resolución por la que se nombran a
quienes hayan de sustituir en el Tribunal a las personas que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en las bases 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia de
la totalidad de sus integrantes, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará
todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página Web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá
la lista completa de solicitudes admitidas y excluidas indicándose, en este último caso,
la/s causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de
presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA.
Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la
relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a aspirantes, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
4.3. Las tasas de participación serán reintegradas, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.