Disposiciones generales. . (2024/240-4)
Extracto de la Orden de 13 de noviembre de 2024, por la que se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2025, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55453/2
Quinto. Cuantía.
La cuantía total máxima es de 264.908 euros (doscientos sesenta y cuatro mil
novecientos ocho euros), si bien la cuantía de la ayuda y sus límites se ajustarán a lo
establecido en el Anexo I del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.
Así, el importe máximo de la subvención por cada lactación finalizada y validada será
el siguiente:
Bovino: 10 euros.
Ovino: 5 euros.
Caprino: 5 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el
día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de
las personas solicitantes en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25453
00312416
Sevilla, 2 de diciembre de 2024.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, P.D. (Orden de 21.11.2022, BOJA núm. 227, de 25.11.2022), la Viceconsejera,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55453/2
Quinto. Cuantía.
La cuantía total máxima es de 264.908 euros (doscientos sesenta y cuatro mil
novecientos ocho euros), si bien la cuantía de la ayuda y sus límites se ajustarán a lo
establecido en el Anexo I del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.
Así, el importe máximo de la subvención por cada lactación finalizada y validada será
el siguiente:
Bovino: 10 euros.
Ovino: 5 euros.
Caprino: 5 euros.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el
día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios estarán a disposición de
las personas solicitantes en la dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25453
00312416
Sevilla, 2 de diciembre de 2024.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, P.D. (Orden de 21.11.2022, BOJA núm. 227, de 25.11.2022), la Viceconsejera,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja