Autoridades y personal. . (2024/239-34)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca procedimiento selectivo por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso como personal funcionario en la escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
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b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad legalmente
establecida de jubilación.
c) Estar en posesión del título o en condiciones de obtener el mismo a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria o titulación equivalente.
En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la
convocatoria, habrá de alegarse documentalmente la norma que establezca la
equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente
que acredite dicha equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de
la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, el correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se deberá
adjuntar copia de la documentación emitida por el Órgano competente de la Junta
de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, que acredite tener oficialmente
reconocida una discapacidad intelectual en grado igual o superior al 33%, con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondiente
a la escala a la que aspira, requisito éste que deberá ser acreditado en el momento del
nombramiento.
Asimismo, las personas aspirantes deberán poseer un conocimiento del castellano
adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento podrá ser objeto de
constatación en cualquier momento del procedimiento y por cualquier medio admisible en
derecho.
2.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse
al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la
toma de posesión como personal funcionario de carrera.
2.3. Adaptaciones. Las personas aspirantes podrán solicitar en el modelo oficial de
solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas
del proceso selectivo que traigan causa en limitaciones funcionales distintas de la
discapacidad intelectual, para la realización de los ejercicios del proceso selectivo, a fin
de asegurar su participación en condiciones de igualdad.
De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de
forma fehaciente la necesidad de adaptación, a efectos de que el órgano de selección
pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, contando
para ello con el asesoramiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la
Universidad de Sevilla.
2.4. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la
veracidad de la información o documentación aportada y estará obligada a presentar la
documentación original en cualquier momento a requerimiento de la Administración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312275
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 55330/3
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad legalmente
establecida de jubilación.
c) Estar en posesión del título o en condiciones de obtener el mismo a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria o titulación equivalente.
En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la
convocatoria, habrá de alegarse documentalmente la norma que establezca la
equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente
que acredite dicha equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de
la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, el correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se deberá
adjuntar copia de la documentación emitida por el Órgano competente de la Junta
de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, que acredite tener oficialmente
reconocida una discapacidad intelectual en grado igual o superior al 33%, con efectos
anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondiente
a la escala a la que aspira, requisito éste que deberá ser acreditado en el momento del
nombramiento.
Asimismo, las personas aspirantes deberán poseer un conocimiento del castellano
adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento podrá ser objeto de
constatación en cualquier momento del procedimiento y por cualquier medio admisible en
derecho.
2.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse
al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la
toma de posesión como personal funcionario de carrera.
2.3. Adaptaciones. Las personas aspirantes podrán solicitar en el modelo oficial de
solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas
del proceso selectivo que traigan causa en limitaciones funcionales distintas de la
discapacidad intelectual, para la realización de los ejercicios del proceso selectivo, a fin
de asegurar su participación en condiciones de igualdad.
De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de
forma fehaciente la necesidad de adaptación, a efectos de que el órgano de selección
pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, contando
para ello con el asesoramiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la
Universidad de Sevilla.
2.4. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la
veracidad de la información o documentación aportada y estará obligada a presentar la
documentación original en cualquier momento a requerimiento de la Administración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312275
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía