Autoridades y personal. . (2024/239-29)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de carácter directivo de Subdirección Médica en el Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
página 55329/2
Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los
aspirantes consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido
además deberá ir relacionado con las siguientes materias:
• Asistencia Sanitaria prestada por el Centro.
• Contrato Programa del Área de Gestión Sanitaria.
• Indicadores de Actividad Asistencia y Gestión de Procesos Asistenciales.
• Seguimiento de los Acuerdos de Gestión.
• Gestión de indicadores de la actividad asistencial (Hospitalización).
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. El análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas
para su gestión eficiente.
1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
1.4. La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
2. La defensa del proyecto técnico de gestión se realizará mediante entrevista con la
Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria. A la entrevista y defensa del proyecto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312277
La presentación de las solicitudes de participación se realizará utilizando la Ventanilla
Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse a través de «la Ventanilla Electrónica
de Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/» en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/» cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al
sistema normalizado de solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos,
conforme dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia
en la dirección electrónica habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el
alta en el servicio de notificaciones del sistema a disposición de las Consejerías y
entidades de la Junta de Andalucía para la práctica de la notificación electrónica a
través del canal destinado a tal efecto «Notificaciones de la VEC del SAS», siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación
como en el mantenimiento de los datos personales y del correo asociados al
buzón electrónico de dicha dirección electrónica habilitada para la práctica de las
notificaciones electrónicas.
Adicionalmente, el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico
y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado,
informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica
habilitada. El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará
el único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de
este como la falta de comunicación de cualquier cambio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
página 55329/2
Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los
aspirantes consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido
además deberá ir relacionado con las siguientes materias:
• Asistencia Sanitaria prestada por el Centro.
• Contrato Programa del Área de Gestión Sanitaria.
• Indicadores de Actividad Asistencia y Gestión de Procesos Asistenciales.
• Seguimiento de los Acuerdos de Gestión.
• Gestión de indicadores de la actividad asistencial (Hospitalización).
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. El análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas
para su gestión eficiente.
1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
1.4. La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
2. La defensa del proyecto técnico de gestión se realizará mediante entrevista con la
Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria. A la entrevista y defensa del proyecto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312277
La presentación de las solicitudes de participación se realizará utilizando la Ventanilla
Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse a través de «la Ventanilla Electrónica
de Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/» en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/» cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al
sistema normalizado de solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho
constar en su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos,
conforme dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia
en la dirección electrónica habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el
alta en el servicio de notificaciones del sistema a disposición de las Consejerías y
entidades de la Junta de Andalucía para la práctica de la notificación electrónica a
través del canal destinado a tal efecto «Notificaciones de la VEC del SAS», siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación
como en el mantenimiento de los datos personales y del correo asociados al
buzón electrónico de dicha dirección electrónica habilitada para la práctica de las
notificaciones electrónicas.
Adicionalmente, el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico
y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado,
informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica
habilitada. El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará
el único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de
este como la falta de comunicación de cualquier cambio.