Disposiciones generales. . (2024/239-1)
Acuerdo de 3 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
página 55394/4
presentación de alegaciones, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 83 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Asimismo, se anunciará en el apartado correspondiente de la sección de
transparencia del portal de la Junta de Andalucía en base a lo establecido en el artículo
13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Una vez examinadas las alegaciones presentadas, y recabados los informes
preceptivos para su tramitación, la Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea
trasladará la propuesta definitiva de la Estrategia a la persona titular de la Consejería
competente en materia de acción exterior, quien la elevará al Consejo de Gobierno para
su aprobación.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de acción
exterior para realizar las actuaciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este
acuerdo.
Sexto. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ARTURO BERNAL BERGUA
00312341
Consejero de Turismo y Andalucía Exterior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
página 55394/4
presentación de alegaciones, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 83 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Asimismo, se anunciará en el apartado correspondiente de la sección de
transparencia del portal de la Junta de Andalucía en base a lo establecido en el artículo
13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Una vez examinadas las alegaciones presentadas, y recabados los informes
preceptivos para su tramitación, la Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea
trasladará la propuesta definitiva de la Estrategia a la persona titular de la Consejería
competente en materia de acción exterior, quien la elevará al Consejo de Gobierno para
su aprobación.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de acción
exterior para realizar las actuaciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este
acuerdo.
Sexto. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ARTURO BERNAL BERGUA
00312341
Consejero de Turismo y Andalucía Exterior
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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