Disposiciones generales. . (2024/239-1)
Acuerdo de 3 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
página 55394/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
La Constitución Española de 1978 creó el marco jurídico necesario para el reconocimiento
de las competencias en materia de Acción Exterior, tanto en el ámbito de la Unión
Europea como en el de la Acción Exterior en sentido propio, a diversos sujetos, entre
ellos las Comunidades Autónomas a través de sus respectivos Estatutos de Autonomía.
Así pues, el Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su Capítulo IV del
Título IX la Acción Exterior de la Junta de Andalucía. Este Capítulo regula el papel de la
Junta de Andalucía en referencia a los tratados y convenios internacionales del Estado
con una mención específica a los tratados o convenios que permitan el establecimiento
de relaciones culturales con los Estados con los que Andalucía mantenga particulares
vínculos culturales o históricos. Regula también la posibilidad de firmar acuerdos
de colaboración en el ámbito de sus competencias y la participación en organismos
internacionales y en foros y encuentros de colaboración entre el Estado español y los
países fronterizos con Andalucía.
En este marco, la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, establece en su artículo 11 que las actividades que las Comunidades Autónomas
puedan realizar en el exterior en el marco de las competencias que les sean atribuidas
por la Constitución, por los Estatutos de Autonomía y las leyes, respetarán los principios
que se establecen en esa ley y se adecuarán a las directrices, fines y objetivos de la
Política Exterior fijados por el Gobierno. Asimismo, el citado artículo preceptúa que las
actividades de las Comunidades se adecuarán a los instrumentos de planificación de la
Acción Exterior, elaborados y aprobados de conformidad con lo dispuesto en dicha ley
y establecidos por el Estado en el ejercicio de sus facultades de coordinación en este
ámbito, cuando definan directrices de actuación propias de la Política Exterior del Estado
o se inserten en el ámbito de las relaciones internacionales de España.
Asimismo, el Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, dispone en su artículo 1 que
corresponden a esta Consejería la dirección, impulso, fomento y coordinación de la
acción exterior de la Junta de Andalucía, así como todas las actuaciones derivadas de la
integración de España en la Unión Europea que afecten a las competencias o intereses
de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y en el marco
de lo que establezca la legislación del Estado, incluido el seguimiento de la normativa
comunitaria, así como las competencias en relación con las Instituciones Europeas;
la coordinación de la cooperación interregional, transnacional y transfronteriza, y la
coordinación de las políticas respecto a los andaluces y andaluzas en el mundo. También
se le atribuye a esta Consejería la planificación de la acción exterior coordinada con el
resto de las Consejerías competentes de la Junta de Andalucía.
Andalucía cuenta con un importante bagaje histórico en sus relaciones y acción
exterior, siempre tendente a abrirse a otros pueblos, culturas y países para estrechar
lazos en beneficio de nuestra región. Las características demográficas y territoriales de
Andalucía, su posición geoestratégica y su doble condición fronteriza la caracterizan
estratégicamente de manera única en Europa: Andalucía es la puerta del Mediterráneo,
enlace entre Europa y África y un sujeto fundamental en las relaciones con Iberoamérica.
Además, Andalucía limita con Portugal, con dos de cuyas regiones constituimos la
Eurorregión Alentejo-Algarve-Andalucía, y es la única región de Europa que limita con
Gibraltar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312341
Acuerdo de 3 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba la formulación de la Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión
Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024
página 55394/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
La Constitución Española de 1978 creó el marco jurídico necesario para el reconocimiento
de las competencias en materia de Acción Exterior, tanto en el ámbito de la Unión
Europea como en el de la Acción Exterior en sentido propio, a diversos sujetos, entre
ellos las Comunidades Autónomas a través de sus respectivos Estatutos de Autonomía.
Así pues, el Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su Capítulo IV del
Título IX la Acción Exterior de la Junta de Andalucía. Este Capítulo regula el papel de la
Junta de Andalucía en referencia a los tratados y convenios internacionales del Estado
con una mención específica a los tratados o convenios que permitan el establecimiento
de relaciones culturales con los Estados con los que Andalucía mantenga particulares
vínculos culturales o históricos. Regula también la posibilidad de firmar acuerdos
de colaboración en el ámbito de sus competencias y la participación en organismos
internacionales y en foros y encuentros de colaboración entre el Estado español y los
países fronterizos con Andalucía.
En este marco, la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del
Estado, establece en su artículo 11 que las actividades que las Comunidades Autónomas
puedan realizar en el exterior en el marco de las competencias que les sean atribuidas
por la Constitución, por los Estatutos de Autonomía y las leyes, respetarán los principios
que se establecen en esa ley y se adecuarán a las directrices, fines y objetivos de la
Política Exterior fijados por el Gobierno. Asimismo, el citado artículo preceptúa que las
actividades de las Comunidades se adecuarán a los instrumentos de planificación de la
Acción Exterior, elaborados y aprobados de conformidad con lo dispuesto en dicha ley
y establecidos por el Estado en el ejercicio de sus facultades de coordinación en este
ámbito, cuando definan directrices de actuación propias de la Política Exterior del Estado
o se inserten en el ámbito de las relaciones internacionales de España.
Asimismo, el Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, dispone en su artículo 1 que
corresponden a esta Consejería la dirección, impulso, fomento y coordinación de la
acción exterior de la Junta de Andalucía, así como todas las actuaciones derivadas de la
integración de España en la Unión Europea que afecten a las competencias o intereses
de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y en el marco
de lo que establezca la legislación del Estado, incluido el seguimiento de la normativa
comunitaria, así como las competencias en relación con las Instituciones Europeas;
la coordinación de la cooperación interregional, transnacional y transfronteriza, y la
coordinación de las políticas respecto a los andaluces y andaluzas en el mundo. También
se le atribuye a esta Consejería la planificación de la acción exterior coordinada con el
resto de las Consejerías competentes de la Junta de Andalucía.
Andalucía cuenta con un importante bagaje histórico en sus relaciones y acción
exterior, siempre tendente a abrirse a otros pueblos, culturas y países para estrechar
lazos en beneficio de nuestra región. Las características demográficas y territoriales de
Andalucía, su posición geoestratégica y su doble condición fronteriza la caracterizan
estratégicamente de manera única en Europa: Andalucía es la puerta del Mediterráneo,
enlace entre Europa y África y un sujeto fundamental en las relaciones con Iberoamérica.
Además, Andalucía limita con Portugal, con dos de cuyas regiones constituimos la
Eurorregión Alentejo-Algarve-Andalucía, y es la única región de Europa que limita con
Gibraltar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312341
Acuerdo de 3 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba la formulación de la Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión
Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030.