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Resolución de Alcaldía núm. 305/2024, de fecha de 25 de noviembre de 2024, del Ayuntamiento de Canillas de Aceituno, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir 3 plazas del Cuerpo de la Policía Local del Municipio de Canillas de Aceituno, mediante sistema de oposición (PP. 10140/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024
página 54787/3
1.2. Las plazas citadas adscritas a la escala Básica, conforme determina el artículo
23.1.c) de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, se encuadran en
el grupo C, subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes
de la Oferta de Empleo Público del año 2024, publicada en el BOPMA número 199, de
fecha 11 de octubre de 2024.
3. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán
exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera
de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar
armas y en su caso llegar a utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311733
2. Legislación aplicable.
Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en:
- Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
- Decreto 201/2003, de 8 de julio, de Ingreso, Promoción Interna, Movilidad y
Formación de los Funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.
- Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8
de julio, de Ingreso, Promoción Interna, Movilidad y Formación de los Funcionarios de los
Cuerpos de la Policía Local.
- Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas,
los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a
las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local.
- Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre
de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de
méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de
los Cuerpos de la Policía Local.
- Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se modifica el Anexo III de la Orden
de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los cuerpos de la Policía Local, y en
lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
- Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
- Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Jueves, 5 de diciembre de 2024
página 54787/3
1.2. Las plazas citadas adscritas a la escala Básica, conforme determina el artículo
23.1.c) de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, se encuadran en
el grupo C, subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes
de la Oferta de Empleo Público del año 2024, publicada en el BOPMA número 199, de
fecha 11 de octubre de 2024.
3. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán
exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera
de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar
armas y en su caso llegar a utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311733
2. Legislación aplicable.
Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en:
- Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
- Decreto 201/2003, de 8 de julio, de Ingreso, Promoción Interna, Movilidad y
Formación de los Funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.
- Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8
de julio, de Ingreso, Promoción Interna, Movilidad y Formación de los Funcionarios de los
Cuerpos de la Policía Local.
- Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas,
los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a
las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local.
- Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre
de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de
méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de
los Cuerpos de la Policía Local.
- Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se modifica el Anexo III de la Orden
de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen
las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción
interna y la movilidad a las distintas categorías de los cuerpos de la Policía Local, y en
lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen local.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
- Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía.
- Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de
los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y
de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.