Autoridades y personal. . (2024/236-33)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Técnicos/as Especialistas Sanitarios de Radiodiagnóstico en el Hospital Universitario Costa del Sol de Marbella (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Miércoles, 4 de diciembre de 2024

página 55103/9

2. Méritos derivados de la formación y la docencia (máximo 25 puntos).
Formación:
2.1. Formación Universitaria de Postgrado, hasta un máximo de 5 puntos.
2.1.1. Grado de Doctor.
- Por grado de Doctor: 2,50 puntos.
- Por grado de Doctor, obtenido con la mención «cum laude» o sobresaliente: 0,50
puntos adicionales.
2.1.2. Por cada Master Universitario oficial (EEES) relacionado con la categoría,
especialidad o área de trabajo del cargo que se convoca: 2,50 puntos.
2.1.3. Por cada Master Universitario título propio, relacionado con la categoría,
especialidad o área de trabajo del cargo que se convoca: 2,00 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00312049

1.1.3. Servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto Directivo o
Cargo Intermedio similares en otras administraciones públicas, a través de nombramiento
o concurso público: 0,50 puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5
puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas,.
Los periodos de servicios prestados de estos apartados 1.1.1 y 1.1.2 que se solapen
son excluyentes entre sí, puntuando los de mayor valor.
1.2. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC o el Servicio en el que ha
desarrollado su trabajo, se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de 5 puntos.
b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10 puntos.
En caso de no disponer de Objetivos individuales se tomará el de la UGC, el Servicio
o centro.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.3. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC o del Servicio en el que ha
desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valorarán de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5 puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
1.4. Innovaciones significativas en la organización del área, en el diseño y ejecución
de programas de calidad, de seguridad y salud laboral, procesos, o en el uso/consumo de
recursos, iniciadas o mantenidas en los últimos diez años, con resultados contrastados,
según informe de la Dirección de División correspondiente, mediante informe razonado
que acredite los cambios propuestos e implantados por el candidato. Estos deben haber
tenido un efecto constatable en la mejora de la gestión, en la calidad, en la salud laboral,
en la eficiencia del uso de los recursos y/o en los resultados obtenidos. En todo caso,
tendrán que haber supuesto, en su conjunto, una mejora sustancial sobre la situación de
origen. A juicio del tribunal, y en relación directa con el puesto al que se opta, este ítem
será valorado desde 0 a 10 puntos.
1.5. Por formar parte de las distintas Comisiones Clínicas, de Docencia, de Formación
Continuada y Comisiones Técnicas o Asesoras constituidas en los centros sanitarios
públicos o en los servicios centrales u órganos equivalentes de los Servicios de Salud,
Consejerías/Ministerios competentes en materia de Sanidad, se valorarán de acuerdo
con los siguientes criterios: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos.
Se acreditarán mediante la presentación de la certificación firmada por el Director
Asistencial, y en la que conste expresamente el número anual de sesiones de las
Comisiones a la que has asistido y la actividad que ha desempeñado en la misma.