3. Otras disposiciones. . (2024/236-45)
Orden de 12 de noviembre de 2024, por la que se concede la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Aula de Enseñanzas Deportivas SIDFOR» de Jaén. (PP. 10104/2024).
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Miércoles, 4 de diciembre de 2024

página 54530/2

DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del
centro autorizado de enseñanzas deportivas «Aula de Enseñanzas Deportivas SIDFOR»,
del que es titular la entidad Soluciones Integrales Deportivas y Formativas, S.L., con
código 23009951 y domicilio en C/ Arquitecto Berges, núm. 12, de Jaén, quedando con la
siguiente configuración de enseñanzas, impartidas en turno de tarde, para un total de 240
puestos escolares:
Enseñanzas deportivas de grado medio conducentes a la obtención del título de
Técnico deportivo en:
- Esquí alpino: 4 grupos con 72 puestos escolares.
- Snowboard: 2 grupos con 24 puestos escolares.
- Media montaña: 2 grupos con 60 puestos escolares.
- Escalada: 2 grupos con 20 puestos escolares.
- Barrancos: 2 grupos con 40 puestos escolares.
Enseñanzas deportivas de grado superior conducentes a la obtención del título de
Técnico deportivo superior en:
- Esquí alpino: 1 grupo con 12 puestos escolares.
- Snowboard: 1 grupo con 12 puestos escolares.
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. El centro queda adscrito a efectos administrativos al IES «Las Fuentezuelas»
de Jaén, con código 23002449.
Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén
la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. El centro que se autoriza queda obligado al cumplimiento de la legislación
vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos
que señala la presente Orden, siendo sus enseñanzas objeto de supervisión por parte de
la Inspección de Educación, por lo que la entidad titular del mismo deberá disponer todo lo
necesario para que dicha Inspección pueda ejercer las labores que le son propias.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311477

Sevilla, 12 de noviembre de 2024