Autoridades y personal. . (2024/234-38)
Acuerdo de 20 de noviembre de 2024, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, por el que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de oposición libre, en el cuerpo de subalternos del Parlamento de Andalucía
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024
página 54807/2
3. Participación por el turno de reserva a personas con discapacidad.
Las personas interesadas en participar en el turno de reserva a personas con
discapacidad, además de los requisitos señalados en la base 2, deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% con efectos
anteriores a la finalización de plazo de presentación de solicitudes, debiendo mantenerse
esta condición hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera del
Parlamento de Andalucía.
b) Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no se
hace constar este dato, se entenderá que se opta por el turno general.
c) Adjuntar a la solicitud original o copia de la documentación acreditativa de su
condición de persona con discapacidad emitida por el órgano competente de la Junta de
Andalucía o de otras Administraciones públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311754
Podrán participar en el proceso selectivo:
a) Las personas con nacionalidad española.
b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Reino de
Noruega y de la República de Islandia.
c) El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no
estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a
expensas o estén a cargo de la persona nacional de la Unión Europea con la que tengan
dicho vínculo.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite,
en su caso, la homologación del título.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo de subalternos del Parlamento de Andalucía.
2.1.5. No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española no deberán hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o
equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6. Haber abonado los correspondientes derechos de examen en los términos
previstos en el apartado 5 de la base 4.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el
nombramiento como personal funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten
su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación establecidos en el
apartado 1 de la base 9 de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024
página 54807/2
3. Participación por el turno de reserva a personas con discapacidad.
Las personas interesadas en participar en el turno de reserva a personas con
discapacidad, además de los requisitos señalados en la base 2, deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% con efectos
anteriores a la finalización de plazo de presentación de solicitudes, debiendo mantenerse
esta condición hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera del
Parlamento de Andalucía.
b) Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud. Si no se
hace constar este dato, se entenderá que se opta por el turno general.
c) Adjuntar a la solicitud original o copia de la documentación acreditativa de su
condición de persona con discapacidad emitida por el órgano competente de la Junta de
Andalucía o de otras Administraciones públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311754
Podrán participar en el proceso selectivo:
a) Las personas con nacionalidad española.
b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Reino de
Noruega y de la República de Islandia.
c) El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no
estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar
los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a
expensas o estén a cargo de la persona nacional de la Unión Europea con la que tengan
dicho vínculo.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite,
en su caso, la homologación del título.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo de subalternos del Parlamento de Andalucía.
2.1.5. No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española no deberán hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o
equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6. Haber abonado los correspondientes derechos de examen en los términos
previstos en el apartado 5 de la base 4.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el
nombramiento como personal funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten
su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación establecidos en el
apartado 1 de la base 9 de esta convocatoria.