Autoridades y personal. . (2024/233-27)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo de carácter directivo de Subdirección de Enfermería en el Área de Gestión Sanitaria Sur de Córdoba.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 29 de noviembre de 2024
página 54827/2
Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los
aspirantes consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido
además deberá ir relacionado con las siguientes materias.
- Supervisión y coordinación, organización y gestión general de la actividad asistencial
de las diferentes unidades y áreas de enfermería del Hospital de Montilla.
- Planes de Cuidados y de las actividades relacionadas con los procesos asistenciales
definidos en los mismos.
- Planificación de recursos humanos necesarios para el desarrollo de las actividades
asistenciales de las unidades y áreas bajo su ámbito de responsabilidad.
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. El análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas
para su gestión eficiente.
1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
1.4. La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
2. La defensa del proyecto técnico de gestión se realizará mediante entrevista con la
Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria. A la entrevista y defensa del proyecto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311774
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica
de Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/»
en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/» cumplimentado el formulario electrónico correspondiente
al sistema normalizado de solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en
su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme dispone
el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de
las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección electrónica
habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio de notificaciones
del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta de Andalucía
para la práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado a tal efecto
«Notificaciones de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de la persona
aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento de los datos
personales y del correo asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección electrónica
habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico
y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado,
informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica
habilitada. El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará
el único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de
este como la falta de comunicación de cualquier cambio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 29 de noviembre de 2024
página 54827/2
Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los
aspirantes consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido
además deberá ir relacionado con las siguientes materias.
- Supervisión y coordinación, organización y gestión general de la actividad asistencial
de las diferentes unidades y áreas de enfermería del Hospital de Montilla.
- Planes de Cuidados y de las actividades relacionadas con los procesos asistenciales
definidos en los mismos.
- Planificación de recursos humanos necesarios para el desarrollo de las actividades
asistenciales de las unidades y áreas bajo su ámbito de responsabilidad.
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. El análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas
para su gestión eficiente.
1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia en los ámbitos asistenciales, docentes y de investigación e innovación.
1.4. La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.
2. La defensa del proyecto técnico de gestión se realizará mediante entrevista con la
Dirección Gerencia del Área de Gestión Sanitaria. A la entrevista y defensa del proyecto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311774
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica
de Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/»
en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/» cumplimentado el formulario electrónico correspondiente
al sistema normalizado de solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en
su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme dispone
el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de
las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección electrónica
habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio de notificaciones
del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta de Andalucía
para la práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado a tal efecto
«Notificaciones de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de la persona
aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento de los datos
personales y del correo asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección electrónica
habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico
y/o a la dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado,
informándole de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica
habilitada. El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará
el único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de
este como la falta de comunicación de cualquier cambio.