Disposiciones generales. . (2024/231-4)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se amplían los créditos presupuestarios recogidos en la Resolución de 27 de julio de 2023, por la que se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión de subvenciones de la línea 2 regulada en la Orden 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 27 de noviembre de 2024

página 54707/2

El crédito disponible se distribuyó para cada medida de actuación en que se
estructura la línea de ayudas convocada, entre las ocho provincias andaluzas, por ser
las respectivas Delegaciones Territoriales las competentes para instruir y resolver el
procedimiento de concesión dicha línea.
Tras la apertura del plazo de la convocatoria, en todas las provincias se han presentado
solicitudes, para todas las medidas de actuación de la línea de ayudas convocadas, en
especial, para la medida a) destinada a mujeres trabajadoras autónomas menores de 35
años y la medida c) mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más, resultando un
número de solicitudes muy superior al de la disponibilidad de crédito contemplado para ellas.
Respecto a ello, el artículo 8.6 de la Orden de 29 de junio de 2023 establece que,
«conforme a lo previsto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía la convocatoria
podrá también prever que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible
posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya
solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por
agotamiento del mismo». Esta previsión se recoge en el resuelve quinto, apartado 7, de la
Resolución de 27 de julio de 2023 por la que se convoca la línea 2.
Así, existiendo créditos disponibles con cargo al programa presupuestario
72 C «Trabajo Autónomo y Economía social», en el crédito vinculante de la partida
presupuestaria 1200180063 G/72C/77800/00 S0045 2013000376, financiada con
transferencias finalistas del Estado (Servicio 18), del ejercicio presupuestario 2024, y al
objeto de atender el mayor de número de solicitudes posibles que, aun cumpliendo todos
los requisitos, no pudieran resultar beneficiarias por agotamiento del crédito previsto en
la Resolución de 27 de julio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria de la línea 2,
procede declarar una ampliación del crédito, de conformidad con lo establecido en el
artículo 8.6 de la Orden de 29 de junio de 2023. Esta misma previsión se recoge en el
resuelve quinto, apartado 7, de la Resolución de 27 de julio de 2023.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición
adicional primera de la Orden de 29 de junio de 2023,
RESU ELV E

Segundo. Distribución provincial de créditos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto
público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de
Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía adicional de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311653

Primero. Declaración de créditos disponibles.
Ampliar en 28.510.892,71 euros la cuantía del crédito disponible, para la anualidad
2024, previsto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva, de la línea 2, Inicio de actividad, regulada en la
Orden de 29 de junio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento
del trabajo autónomo en Andalucía, con cargo al programa presupuestario 72 C «Trabajo
Autónomo y Economía social», financiado con transferencias finalistas del Estado
(Servicio 18), del ejercicio presupuestario 2024.
El importe de la ampliación se adicionará a los 33.993.753,00 € previstos en la
Resolución de 27 de julio de 2023, tras la ampliación producida mediante la Resolución
de 7 de mayo de 2024, resultando una cuantía total de 62.504.645,71 € para la anualidad
de 2024.