3. Otras disposiciones. . (2024/231-41)
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 231 - Miércoles, 27 de noviembre de 2024
página 54656/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección Gerencia del
Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al órgano judicial y se emplaza a los terceros interesados en el
procedimiento.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 13 de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto
por María José Rofa Vega contra la Resolución del Servicio Andaluz de Empleo de 13
de julio de 2024, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra
Resolución de 2 de abril de 2024, por la que se deniega su solicitud de autorizar su
representación y defensa por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, que ha dado
lugar al procedimiento ordinario 349/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser
remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación
judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá
en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y
el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por
Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 de abril de 2011).
RESU ELVO
2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados para que
puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días, ante el Juzgado en
legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá
por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y
si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311603
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a María José Rofa
Vega al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Sevilla.
BOJA
Número 231 - Miércoles, 27 de noviembre de 2024
página 54656/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección Gerencia del
Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al órgano judicial y se emplaza a los terceros interesados en el
procedimiento.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 13 de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto
por María José Rofa Vega contra la Resolución del Servicio Andaluz de Empleo de 13
de julio de 2024, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra
Resolución de 2 de abril de 2024, por la que se deniega su solicitud de autorizar su
representación y defensa por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, que ha dado
lugar al procedimiento ordinario 349/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser
remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación
judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. La entrada se pondrá
en conocimiento del órgano jurisdiccional.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y
el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por
Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 de abril de 2011).
RESU ELVO
2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados para que
puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días, ante el Juzgado en
legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá
por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y
si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311603
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a María José Rofa
Vega al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Sevilla.