Disposiciones generales. . (2024/231-2)
Extracto de la Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2025, las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 27 de noviembre de 2024
página 54704/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General
de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2025,
las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas
al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
BDNS (Identif): 796351.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima
que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea: Subvenciones asociaciones de criadores de razas autóctonas españolas de
Andalucía.
Cuantía máxima: trescientos doce mil ciento cincuenta y tres con setenta y ocho
euros (312.153,78 euros).
• Partida presupuestaria: 1400180000-G/71B/78206/00-S0600-2007003022, por un
importe de 156.076,89 euros, anualidad 2025.
• Partida presupuestaria: 14000100 G/71B/78206/00 01 2020000055, por un importe
de 156.076,89 euros, anualidad 2026.
Segundo. Personas beneficiarias.
Las organizaciones o asociaciones de ganaderos, que cumplan los requisitos
establecidos en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas
autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 2 del Real
Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Tercero. Objeto.
Fomentar las razas autóctonas españolas de Andalucía, especialmente aquellas que
se encuentran amenazadas (anteriormente en peligro de extinción).
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La dotación de la línea de subvención destinada al fomento de las razas autóctonas
españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía se hace en el apartado primero del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311650
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14
de noviembre.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 27 de noviembre de 2024
página 54704/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General
de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2025,
las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas
al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre.
BDNS (Identif): 796351.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima
que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea: Subvenciones asociaciones de criadores de razas autóctonas españolas de
Andalucía.
Cuantía máxima: trescientos doce mil ciento cincuenta y tres con setenta y ocho
euros (312.153,78 euros).
• Partida presupuestaria: 1400180000-G/71B/78206/00-S0600-2007003022, por un
importe de 156.076,89 euros, anualidad 2025.
• Partida presupuestaria: 14000100 G/71B/78206/00 01 2020000055, por un importe
de 156.076,89 euros, anualidad 2026.
Segundo. Personas beneficiarias.
Las organizaciones o asociaciones de ganaderos, que cumplan los requisitos
establecidos en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas
autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 2 del Real
Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Tercero. Objeto.
Fomentar las razas autóctonas españolas de Andalucía, especialmente aquellas que
se encuentran amenazadas (anteriormente en peligro de extinción).
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La dotación de la línea de subvención destinada al fomento de las razas autóctonas
españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía se hace en el apartado primero del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311650
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14
de noviembre.