5. Anuncios. . (2024/231-62)
Anuncio de 6 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por el que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de las infraestructuras eléctricas de evacuación asociada a la instalación de generación de energía eléctrica. (PP. 9994/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 27 de noviembre de 2024

página 53846/2

Proyectos técnicos: Reformado II Proyecto de Ejecución de Planta Fotovoltaica
«Plumlee» de 39,401 MW conectada a red sita en Polígono 39 Parcelas 3, 8, 9, 11 y 12
y Polígono 32 Parcelas 2, 4, 8 y 14 del t.m. de Dos Hermanas (Sevilla), con visado núm.
5247/2022-A04 de fecha 29.11.2023 COGITISE.
Reformado II del Proyecto de ejecución de línea subterránea 30 kV de evacuación
de energía de la planta solar fotovoltaica «Plumlee» hasta subestación «Entrenúcleos
Promotores», provincia de Sevilla, con visado núm. 5248/2022-A03 de fecha 15.11.2023
COGITISE.
Técnico titulado competente: César Soltero Sánchez, colegiado núm. 9119 del
COGITISE.
La infraestructura de evacuación denominada «Subestación 30/220 kV “Entrenúcleos
Promotores” y la línea subterránea de alta tensión AC 220 kV, desde “SET Entrenúcleos
Promotores” ubicada en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla) hasta “SET
Entrenúcleos 220” ubicada en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla)» es
compartida con varias instalaciones de generación, que son objeto de proyecto y
tramitación independiente, cuyo órgano competente es el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

En su virtud, esta Delegación de la Junta de Andalucía en Sevilla, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que
comparezcan en el/los Ayuntamiento/s donde radica la finca afectada, como punto de
reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52,
llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de la
de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar los días 17 y 18 de
diciembre de 2024 en el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), en horario de mañana.
El orden de levantamiento de actas se comunicará a cada interesado mediante la
oportuna cédula de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de
edictos del ayuntamiento señalado y como anexo de este anuncio.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada
acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil
siguiente, con igual horario.
A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier
clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles,
pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno.
En el caso de que se haya obtenido algún tipo de acuerdo escrito con la empresa
beneficiaria, relativo al asunto, no será precisa la asistencia, aportándose en todo caso
dicho acuerdo alcanzado con la misma.
El presente anuncio se notificará a los ayuntamientos donde discurren las fincas
afectadas, así como a los interesados con domicilio conocido, y se publicará en el
Boletín Oficial del Estado, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Boletín Oficial
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310794

Dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados, e implica la urgente ocupación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, y con el artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la
condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.