Disposiciones generales. . (2024/230-3)
Orden de 13 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 10 de abril de 2024, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, y su Extracto.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54564/2
créditos correspondientes a las distintas anualidades y tipo de entidades beneficiarias de
esta línea de ayudas para cada uno de los grupos.
Con esta nueva modificación, disminuye el importe total del crédito convocado para
estas ayudas, pasando a ser de 3.929.181,69 euros.
Por todo lo expuesto, y en virtud de la competencia que me confiere el Decreto
157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26
de agosto, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, así como el artículo 35 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que
se adopta medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para
el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,
RESU ELVO
Primero. La modificación de la Orden de 10 de abril de 2024, por la que se convocan
las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las
Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector
Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en los siguientes términos:
Uno. El apartado 6 del resuelvo tercero, queda redactado del siguiente modo:
«6. Estas ayudas se harán efectivas a través de los siguientes créditos presupuestarios
que se especifican a continuación con arreglo a la cuantía máxima total de 3.929.181,69
euros, con la siguiente cuantía y distribución presupuestaria:»
Tipo de entidad beneficiaria
Cofradías de pescadores, sus
federaciones y otras entidades públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimo de lucro
Cuantía máxima (€)
2024
2025
Partida Presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227
118.852,23
114.387,52
140012000 G/71P/76300/00 G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL
80.462,67
1.348.639,70
312.146,39
1.860.100,99
161.088,28
1.592.139,56
201.465,34
2.069.080,70
Dos. El apartado 1 del resuelvo cuarto, quedando redactado del siguiente modo:
«1. La cuantía total máxima convocada se distribuye entre los GALPA en atención al
Plan Financiero aprobado para sus EDLP. A tales efectos, el importe total de las ayudas a
los proyectos productivos desarrollados por personas o entidades que no pertenezcan al
sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador de los productos de
la pesca y la acuicultura y su industria auxiliar no podrán exceder del 30% del presupuesto
disponible en la correspondiente convocatoria.»
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola de Huelva:
Cofradías de pescadores, sus federaciones y
otras entidades públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimos de lucro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Cuantía máxima (€)
2024
2025
Partida Presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227
24.750,40
37.125,60
140012000 G/71P/76300/00 G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL
10.400,00
135.372,23
51.420,33
221.942,97
15.600,00
93.926,29
77.130,50
223.782,39
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311511
Tipo de entidad beneficiaria
BOJA
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54564/2
créditos correspondientes a las distintas anualidades y tipo de entidades beneficiarias de
esta línea de ayudas para cada uno de los grupos.
Con esta nueva modificación, disminuye el importe total del crédito convocado para
estas ayudas, pasando a ser de 3.929.181,69 euros.
Por todo lo expuesto, y en virtud de la competencia que me confiere el Decreto
157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26
de agosto, y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de
2 de marzo, así como el artículo 35 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que
se adopta medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para
el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,
RESU ELVO
Primero. La modificación de la Orden de 10 de abril de 2024, por la que se convocan
las ayudas previstas en la Orden de 13 de marzo de 2024, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las
Estrategias de Desarrollo Local Participativo, de los Grupos de Acción Local del Sector
Pesquero y Acuícola Andaluz, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, en los siguientes términos:
Uno. El apartado 6 del resuelvo tercero, queda redactado del siguiente modo:
«6. Estas ayudas se harán efectivas a través de los siguientes créditos presupuestarios
que se especifican a continuación con arreglo a la cuantía máxima total de 3.929.181,69
euros, con la siguiente cuantía y distribución presupuestaria:»
Tipo de entidad beneficiaria
Cofradías de pescadores, sus
federaciones y otras entidades públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimo de lucro
Cuantía máxima (€)
2024
2025
Partida Presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227
118.852,23
114.387,52
140012000 G/71P/76300/00 G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL
80.462,67
1.348.639,70
312.146,39
1.860.100,99
161.088,28
1.592.139,56
201.465,34
2.069.080,70
Dos. El apartado 1 del resuelvo cuarto, quedando redactado del siguiente modo:
«1. La cuantía total máxima convocada se distribuye entre los GALPA en atención al
Plan Financiero aprobado para sus EDLP. A tales efectos, el importe total de las ayudas a
los proyectos productivos desarrollados por personas o entidades que no pertenezcan al
sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador de los productos de
la pesca y la acuicultura y su industria auxiliar no podrán exceder del 30% del presupuesto
disponible en la correspondiente convocatoria.»
Grupo de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola de Huelva:
Cofradías de pescadores, sus federaciones y
otras entidades públicas
Municipios
Personas y entidades privadas
Entidades sin ánimos de lucro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Cuantía máxima (€)
2024
2025
Partida Presupuestaria
140012000 G/71P/74200/00 G4310214A6 2023000227
24.750,40
37.125,60
140012000 G/71P/76300/00 G4310214A6 2023000226
140012000 G/71P/77300/00 G4310214A6 2023000224
140012000 G/71P/78300/00 G4310214A6 2023000223
TOTAL
10.400,00
135.372,23
51.420,33
221.942,97
15.600,00
93.926,29
77.130,50
223.782,39
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311511
Tipo de entidad beneficiaria