5. Anuncios. . (2024/230-56)
Anuncio de 30 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Cuevas Bajas, de bases de la convocatoria para la selección mediante concurso-oposición de la plaza de arquitecto perteneciente a la plantilla de personal funcionario. (PP. 9980/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/23
Ayuntamiento de Cuevas Bajas
Tasa por Derechos de Examen
Instrucciones para la cumplimentación del formulario de Autoliquidación
(1) INSTRUCCIONES GENERALES:
- Las personas físicas interesadas en participar en las convocatorias efectuadas para la
provisión de plazas vacantes en la misma deberán presentar una única solicitud por cada
convocatoria y tipo de grupo y subgrupo de la plaza a la que quieran optar.
- Por cada solicitud de admisión a las pruebas selectivas de una determinada convocatoria
el/la aspirante (sujeto pasivo de la tasa por Derechos de Examen), ha de presentarse,
debidamente cumplimentada, una única autoliquidación de dicha tasa.
En todo caso, la autoliquidación presentada deberá estar firmada por la persona física (sujeto
pasivo de la tasa) que solicita su admisión a las pruebas selectivas de la convocatoria.
- Aún en los supuestos en los que el importe total de la Cuota Tributaria de la tasa a ingresar
sea 0,00 €, deberá presentarse la autoliquidación de la misma.
- El justificante del ingreso u orden de transferencia, junto con el original de la autoliquidación
(firmado por el sujeto pasivo) deberá acompañarse a la solicitud presentada por el/la
aspirante (sujeto pasivo) ante el Ayuntamiento de Cuevas Bajas para participar en el proceso
selectivo de la convocatoria correspondiente, realizada por éste.
INFORMACIÓN RELATIVA A LA TASA E INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL
FORMULARIO DE AUTOLIQUIDACIÓN:
(2) Hecho Imponible de la tasa: Constituye el hecho imponible de la tasa la solicitud para
concurrir como aspirante a concursos, oposiciones y concursos-oposiciones, sean de carácter
libre o restringido, que convoque el Ayuntamiento de Cuevas Bajas para cubrir en propiedad
plazas vacantes de funcionarios o laborales.
(3) Sujeto pasivo de la tasa: Están obligados al pago de la tasa regulada en la Ordenanza Fiscal
de Tasas por Derechos de Examen, las personas físicas que concurran como aspirantes a
concursos, oposiciones y concursos-oposiciones, sean de carácter libre o restringido, que
convoque el Ayuntamiento de Cuevas Bajas para cubrir en propiedad plazas vacantes de
funcionarios o laborales.
Deben ser cumplimentados, en todo caso, los datos correspondientes al sujeto pasivo de la tasa
la persona física que solicite la participación como aspirante a pruebas selectivas convocadas
por el Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
Verificación de los datos declarados: El Ayuntamiento de Cuevas Bajas, efectuará las
verificaciones y comprobaciones correspondientes en vía de gestión tributaria, y practicará la
liquidación que, en su caso, se pueda derivar de estas actuaciones.
(4) Cuota tributaria: La cuota a satisfacer por cada uno de los aspirantes se determinarán en
función del grupo y, en su caso, subgrupo al que corresponda la plaza a cubrir.
(5) Importe cuota tributaria por Tasa Derechos de Examen de la Categoría correspondiente a
la plaza señalada: Deberá indicarse el importe de la cuota tributaria que corresponda a la
00310711
Ayuntamiento de Cuevas Bajas
Calle Real nº 38. CP 29220, Cuevas Bajas. Teléfono: 952727501
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 53763/23
Ayuntamiento de Cuevas Bajas
Tasa por Derechos de Examen
Instrucciones para la cumplimentación del formulario de Autoliquidación
(1) INSTRUCCIONES GENERALES:
- Las personas físicas interesadas en participar en las convocatorias efectuadas para la
provisión de plazas vacantes en la misma deberán presentar una única solicitud por cada
convocatoria y tipo de grupo y subgrupo de la plaza a la que quieran optar.
- Por cada solicitud de admisión a las pruebas selectivas de una determinada convocatoria
el/la aspirante (sujeto pasivo de la tasa por Derechos de Examen), ha de presentarse,
debidamente cumplimentada, una única autoliquidación de dicha tasa.
En todo caso, la autoliquidación presentada deberá estar firmada por la persona física (sujeto
pasivo de la tasa) que solicita su admisión a las pruebas selectivas de la convocatoria.
- Aún en los supuestos en los que el importe total de la Cuota Tributaria de la tasa a ingresar
sea 0,00 €, deberá presentarse la autoliquidación de la misma.
- El justificante del ingreso u orden de transferencia, junto con el original de la autoliquidación
(firmado por el sujeto pasivo) deberá acompañarse a la solicitud presentada por el/la
aspirante (sujeto pasivo) ante el Ayuntamiento de Cuevas Bajas para participar en el proceso
selectivo de la convocatoria correspondiente, realizada por éste.
INFORMACIÓN RELATIVA A LA TASA E INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL
FORMULARIO DE AUTOLIQUIDACIÓN:
(2) Hecho Imponible de la tasa: Constituye el hecho imponible de la tasa la solicitud para
concurrir como aspirante a concursos, oposiciones y concursos-oposiciones, sean de carácter
libre o restringido, que convoque el Ayuntamiento de Cuevas Bajas para cubrir en propiedad
plazas vacantes de funcionarios o laborales.
(3) Sujeto pasivo de la tasa: Están obligados al pago de la tasa regulada en la Ordenanza Fiscal
de Tasas por Derechos de Examen, las personas físicas que concurran como aspirantes a
concursos, oposiciones y concursos-oposiciones, sean de carácter libre o restringido, que
convoque el Ayuntamiento de Cuevas Bajas para cubrir en propiedad plazas vacantes de
funcionarios o laborales.
Deben ser cumplimentados, en todo caso, los datos correspondientes al sujeto pasivo de la tasa
la persona física que solicite la participación como aspirante a pruebas selectivas convocadas
por el Ayuntamiento de Cuevas Bajas.
Verificación de los datos declarados: El Ayuntamiento de Cuevas Bajas, efectuará las
verificaciones y comprobaciones correspondientes en vía de gestión tributaria, y practicará la
liquidación que, en su caso, se pueda derivar de estas actuaciones.
(4) Cuota tributaria: La cuota a satisfacer por cada uno de los aspirantes se determinarán en
función del grupo y, en su caso, subgrupo al que corresponda la plaza a cubrir.
(5) Importe cuota tributaria por Tasa Derechos de Examen de la Categoría correspondiente a
la plaza señalada: Deberá indicarse el importe de la cuota tributaria que corresponda a la
00310711
Ayuntamiento de Cuevas Bajas
Calle Real nº 38. CP 29220, Cuevas Bajas. Teléfono: 952727501
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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