Disposiciones generales. . (2024/228-3)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Agencia Digital de Andalucía, por la que se implantan las medidas de simplificación de los procedimientos de ejecución presupuestaria del gasto público establecidas en el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía, respecto al procedimiento y las instituciones que se indican.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 22 de noviembre de 2024

página 54394/2

Respecto de las instituciones que se relacionan en el anexo, en relación con los
concretos procedimientos de gestión del gasto a los que se aplicará dicha simplificación
y la tipología de expedientes, procede dictar la presente resolución, determinando la
forma, fecha de su implantación efectiva y el régimen transitorio de los expedientes en
tramitación, en los términos establecidos en la referida disposición final.
En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en el apartado 2 de la disposición
final undécima del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero,
RESU ELV EN
Primero. Procedimiento de gestión del gasto y órganos en los que se implantan las
medidas de simplificación.
El procedimiento de gestión del gasto en el que se implantan las medidas de
simplificación establecidas en el artículo 74 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el
que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora
de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el
impulso de la actividad económica en Andalucía lo constituyen todos los expedientes de
contratación que tramiten los órganos directivos de las instituciones, que se relacionan en
el anexo de la presente resolución, a través del sistema informático aprobado e implantado
por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 12 de julio de 2011
(ERIS-G3), o cuya actuación de control interno se realice en el escritorio de intervención.
Segundo. Efectividad de la adaptación normativa de las competencias en materia de
gestión del gasto público en los órganos en los que se implanta.
A partir de la fecha del comienzo de efectos de esta resolución, las competencias
hasta ahora atribuidas o delegadas en materia de gestión del gasto a los órganos
directivos de las instituciones a los que se aplica, se entenderán atribuidas o delegadas
a los órganos a los que correspondan, como propias o por delegación, las competencias
para dictar los actos administrativos o aprobar los negocios jurídicos correspondientes en
el ámbito de esta resolución, de conformidad con lo previsto en la disposición transitoria
séptima del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero.
Tercero. Régimen transitorio de los expedientes de contratación en tramitación.
La presente resolución resulta de aplicación a todas las fases contables del
expediente de contratación en el que se implantan las medidas de simplificación que se
concretan en el apartado primero, salvo a las que a la fecha de producción de efectos se
encuentren ya iniciadas.
Cuarto. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. Publicación y comunicación.
Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
comunicarla a los órganos a los que corresponda el ejercicio de las funciones ejecutivas
de máximo nivel en las instituciones que se relacionan en el anexo, para su conocimiento
y traslado a los órganos que pudiesen verse afectados.

00311342

Sevilla, 13 de noviembre de 2024.- La Interventora General, María Antonia González
Pavón; el Director Gerente de la Agencia Digital de Andalucía, Raúl Jiménez Jiménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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