3. Otras disposiciones. . (2024/227-33)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería). (PP. 10014/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 227 - Jueves, 21 de noviembre de 2024

página 53979/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas
por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería). (PP. 10014/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones
con las Corporaciones Locales en 7 de noviembre de 2024, y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por
el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), que a continuación se relacionan,
ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El resto de previsiones de la Ordenanza omitidas en la relación siguiente, que por
su naturaleza jurídica no se encuentran incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto
365/2009, se regirán por lo dispuesto en la citada Ordenanza municipal reguladora de la
prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de abastecimiento de
agua en el municipio, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 176,
de 11 de septiembre de 2024.
TARIFAS AUTORIZADAS (IVA EXCLUIDO)
1. Tarifa de aplicación: Facturación bimestral.
1.1. Cuota fija o de servicio.
En concepto de cuota por disponibilidad del servicio y como cantidad fija abonable
periódicamente a todo suministro en vigor se le girarán los importes bimestrales que,
según el calibre del contador y tipo de uso, se indica:
Uso Doméstico
Uso Comercial
Uso Industrial
Uso Organismos Oficiales

12,2698 €/Bimestre
12,2698 €/Bimestre
14,0801 €/Bimestre
0 €/Bimestre

A) Tarifas Reducidas domésticas:
a.1) Desempleados
5,0286 €/Bimestre
a.2) Pensionistas y jubilados
5,0286 €/Bimestre
a 4) Familias numerosas
10,0572 € Bimestre
a.3) Personas con discapacidad superior al 33%
5,0286 €/Bimestre

1.2. Cuota variable o de consumo.
Las tarifas a aplicar serán distintas según el tipo de uso que se indica; son las siguientes:
Uso doméstico

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

0,7500 €/m³
1,0321 €/m³
2,2946 €/m³
2,9289 €/m³

00310927

De 0 a 4 m³/Bimestre
De 5 a 20 m³/Bimestre
De 21 a 36 m³/Bimestre
Más de 36 m³/Bimestre

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