3. Otras disposiciones. . (2024/227-52)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales laborales de Personal Técnico en Interpretación e Información y de Oficial Primera Oficios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Jueves, 21 de noviembre de 2024
página 54287/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Mediante la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso,
proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías
profesionales de los Grupos III, IV y V, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público
de carácter ordinario de 2020 y 2021, así como de estabilización de 2021 y 2022.
En dicho proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral
fijo se incluyeron 2 plazas de la categoría profesional laboral de Personal Técnico en
Interpretación e Información y 20 plazas de la categoría profesional laboral de Oficial
Primera Oficios, del Grupo III de clasificación profesional, vinculados a la Oferta de
Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General
de la Junta de Andalucía para los años 2021 y 2022.
En el cómputo de la tasa de reposición adicional de efectivos de las Ofertas de
Empleo Público extraordinarias para la estabilización de empleo temporal se determinan
las plazas que reúnen los requisitos previstos en la norma para dicho cómputo, razón por
la cual, si llegado el momento de proceder a la configuración de la oferta de vacantes
necesaria para la ejecución de los procesos selectivos derivados de las citadas ofertas,
dichas plazas continúan ocupadas con carácter temporal, deben incluirse para su
estabilización.
La finalización del proceso selectivo requiere necesariamente la oferta y posterior
adjudicación de los puestos de trabajo que permitan la contratación y el comienzo de la
relación de empleo estable con la Administración y para ello es preciso ofrecer a todas
las personas seleccionadas la posibilidad de optar por una efectiva adjudicación de
plaza que dé satisfacción al proceso de estabilización del empleo público regulado por la
normativa excepcional citada anteriormente.
En este concreto caso, la convocatoria del proceso selectivo preveía el acceso a las
categorías profesionales laborales de Personal Técnico en Interpretación e Información y
Oficial Primera Oficios, y su finalización implica el ofrecimiento de las plazas cubiertas de
forma temporal que se incluyen en el proceso de estabilización, entre la cuales elegirán
las personas aspirantes seleccionadas en función de la puntuación obtenida.
Visto que determinados puestos de trabajo, cubiertos por las personas que han
venido ocupando con carácter temporal estas plazas, contienen, respectivamente, una
formación o una característica concreta, que el sistema de clasificación actualizado del
convenio colectivo no exige para el acceso a las categorías convocadas, ello supone
un obstáculo para la elección de las personas candidatas que han superado el proceso
selectivo, que es necesario remover para que no se oponga al derecho de éstas y a
la finalidad del proceso selectivo y de la propia Oferta de Empleo Público de la que
éste derivaba, que, tal y como ya se ha referido, es de carácter extraordinario y para la
estabilización de empleo temporal, todo ello conforme prescribe la Constitución Española
en el apartado 2 del artículo 9, en relación con el apartado 2 del artículo 23.
El artículo 12.1.o).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311235
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de
Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación
de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición
de personal laboral fijo en las categorías profesionales laborales de Personal
Técnico en Interpretación e Información y de Oficial Primera Oficios.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Jueves, 21 de noviembre de 2024
página 54287/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Mediante la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso,
proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías
profesionales de los Grupos III, IV y V, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público
de carácter ordinario de 2020 y 2021, así como de estabilización de 2021 y 2022.
En dicho proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral
fijo se incluyeron 2 plazas de la categoría profesional laboral de Personal Técnico en
Interpretación e Información y 20 plazas de la categoría profesional laboral de Oficial
Primera Oficios, del Grupo III de clasificación profesional, vinculados a la Oferta de
Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General
de la Junta de Andalucía para los años 2021 y 2022.
En el cómputo de la tasa de reposición adicional de efectivos de las Ofertas de
Empleo Público extraordinarias para la estabilización de empleo temporal se determinan
las plazas que reúnen los requisitos previstos en la norma para dicho cómputo, razón por
la cual, si llegado el momento de proceder a la configuración de la oferta de vacantes
necesaria para la ejecución de los procesos selectivos derivados de las citadas ofertas,
dichas plazas continúan ocupadas con carácter temporal, deben incluirse para su
estabilización.
La finalización del proceso selectivo requiere necesariamente la oferta y posterior
adjudicación de los puestos de trabajo que permitan la contratación y el comienzo de la
relación de empleo estable con la Administración y para ello es preciso ofrecer a todas
las personas seleccionadas la posibilidad de optar por una efectiva adjudicación de
plaza que dé satisfacción al proceso de estabilización del empleo público regulado por la
normativa excepcional citada anteriormente.
En este concreto caso, la convocatoria del proceso selectivo preveía el acceso a las
categorías profesionales laborales de Personal Técnico en Interpretación e Información y
Oficial Primera Oficios, y su finalización implica el ofrecimiento de las plazas cubiertas de
forma temporal que se incluyen en el proceso de estabilización, entre la cuales elegirán
las personas aspirantes seleccionadas en función de la puntuación obtenida.
Visto que determinados puestos de trabajo, cubiertos por las personas que han
venido ocupando con carácter temporal estas plazas, contienen, respectivamente, una
formación o una característica concreta, que el sistema de clasificación actualizado del
convenio colectivo no exige para el acceso a las categorías convocadas, ello supone
un obstáculo para la elección de las personas candidatas que han superado el proceso
selectivo, que es necesario remover para que no se oponga al derecho de éstas y a
la finalidad del proceso selectivo y de la propia Oferta de Empleo Público de la que
éste derivaba, que, tal y como ya se ha referido, es de carácter extraordinario y para la
estabilización de empleo temporal, todo ello conforme prescribe la Constitución Española
en el apartado 2 del artículo 9, en relación con el apartado 2 del artículo 23.
El artículo 12.1.o).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311235
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de
Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación
de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición
de personal laboral fijo en las categorías profesionales laborales de Personal
Técnico en Interpretación e Información y de Oficial Primera Oficios.