3. Otras disposiciones. . (2024/225-37)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, de subvenciones a las entidades locales para la realización de proyectos de intervención socioeducativa para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar así como para la atención del alumnado emigrante durante el curso 2024-2025.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 225 - Martes, 19 de noviembre de 2024
página 54189/3
No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en período
ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía.»
Sexto. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la ayuda
concedida ante esta Delegación Territorial, tal y como está establecido en el artículo 27
de la orden reguladora y en el apartado 26 de su cuadro resumen, atendiendo al
cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos
previstos en el acto de concesión de la subvención, y teniendo como plazo máximo para
la presentación de dicha justificación, de conformidad con el apartado 24.b) del cuadro
resumen:
- Para las entidades locales beneficiarias de una cuantía inferior a 6.000 euros, que
se abonará en un único pago, hasta el 31 de agosto del curso subvencionado.
- Para las entidades locales beneficiarias de una cuantía igual o superior a 6.000
euros, que se abonarán en dos pagos del 50% de la cuantía concedida, el plazo previsto
de justificación del primer pago será de seis meses tras su abono, y de tres meses tras el
abono del segundo pago.
Con carácter adicional y para la mejor justificación de los gastos, las entidades
beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de
forma específica para la subvención concedida.
Contra la resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en el artículo 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante
esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 369/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas.
Jaén, 13 de noviembre de 2024.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.
ANEXO I
ORDEN ENTIDAD LOCAL
CIF
PUNTUACIÓN
PROPUESTA
PRESUPUESTO
REFORMULADO
%
PRESUPUESTO
2024
2025
1
DIPUTACIÓN PROVINCIAL
P2300000C
60
22.500,00 €
31.500,00 €
72,43 %
11.250,00 €
11.250,00 €
2
AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DEL
ARZOBISPO
P2309700I
46
16.000,00 €
16.000,00 €
100,00 %
8.000,00 €
8.000,00 €
3
AYUNTAMIENTO DE BEAS
DE SEGURA
P2301200H
45
10.450,00 €
10.600,00 €
98,58 %
5.225,00 €
5.225,00 €
4
AYUNTAMIENTO DE JAÉN
P2305000H
42
9.000,00 €
9.000,00 €
100,00 %
4.500,00 €
4.500,00 €
5
AYUNTAMIENTO DE
MARTOS
P2306000G
42
9.000,00 €
9.000,00 €
100,00 %
4.500,00 €
4.500,00 €
6
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ
LA REAL
P2300200I
40
5.700,00 €
5.700,00 €
100,00 %
5.700,00 €
0,00 €
7
AYUNTAMIENTO DE
VILLACARRILLO
P2309500C
39
4.500,00 €
4.500,00 €
100,00 %
4.500,00 €
0,00 €
8
AYUNTAMIENTO DE JÓDAR
P2305300B
39
4.500,00 €
4.500,00 €
100,00 %
4.500,00 €
0,00 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311146
ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN
DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL
ABSENTISMO ESCOLAR CURSO 2024-2025
BOJA
Número 225 - Martes, 19 de noviembre de 2024
página 54189/3
No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en período
ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía.»
Sexto. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la ayuda
concedida ante esta Delegación Territorial, tal y como está establecido en el artículo 27
de la orden reguladora y en el apartado 26 de su cuadro resumen, atendiendo al
cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos
previstos en el acto de concesión de la subvención, y teniendo como plazo máximo para
la presentación de dicha justificación, de conformidad con el apartado 24.b) del cuadro
resumen:
- Para las entidades locales beneficiarias de una cuantía inferior a 6.000 euros, que
se abonará en un único pago, hasta el 31 de agosto del curso subvencionado.
- Para las entidades locales beneficiarias de una cuantía igual o superior a 6.000
euros, que se abonarán en dos pagos del 50% de la cuantía concedida, el plazo previsto
de justificación del primer pago será de seis meses tras su abono, y de tres meses tras el
abono del segundo pago.
Con carácter adicional y para la mejor justificación de los gastos, las entidades
beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de
forma específica para la subvención concedida.
Contra la resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en el artículo 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante
esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 369/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas.
Jaén, 13 de noviembre de 2024.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.
ANEXO I
ORDEN ENTIDAD LOCAL
CIF
PUNTUACIÓN
PROPUESTA
PRESUPUESTO
REFORMULADO
%
PRESUPUESTO
2024
2025
1
DIPUTACIÓN PROVINCIAL
P2300000C
60
22.500,00 €
31.500,00 €
72,43 %
11.250,00 €
11.250,00 €
2
AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DEL
ARZOBISPO
P2309700I
46
16.000,00 €
16.000,00 €
100,00 %
8.000,00 €
8.000,00 €
3
AYUNTAMIENTO DE BEAS
DE SEGURA
P2301200H
45
10.450,00 €
10.600,00 €
98,58 %
5.225,00 €
5.225,00 €
4
AYUNTAMIENTO DE JAÉN
P2305000H
42
9.000,00 €
9.000,00 €
100,00 %
4.500,00 €
4.500,00 €
5
AYUNTAMIENTO DE
MARTOS
P2306000G
42
9.000,00 €
9.000,00 €
100,00 %
4.500,00 €
4.500,00 €
6
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ
LA REAL
P2300200I
40
5.700,00 €
5.700,00 €
100,00 %
5.700,00 €
0,00 €
7
AYUNTAMIENTO DE
VILLACARRILLO
P2309500C
39
4.500,00 €
4.500,00 €
100,00 %
4.500,00 €
0,00 €
8
AYUNTAMIENTO DE JÓDAR
P2305300B
39
4.500,00 €
4.500,00 €
100,00 %
4.500,00 €
0,00 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311146
ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN
DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL
ABSENTISMO ESCOLAR CURSO 2024-2025