3. Otras disposiciones. . (2024/225-37)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, de subvenciones a las entidades locales para la realización de proyectos de intervención socioeducativa para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar así como para la atención del alumnado emigrante durante el curso 2024-2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 225 - Martes, 19 de noviembre de 2024

página 54189/3

No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas en período
ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía.»
Sexto. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la ayuda
concedida ante esta Delegación Territorial, tal y como está establecido en el artículo 27
de la orden reguladora y en el apartado 26 de su cuadro resumen, atendiendo al
cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos
previstos en el acto de concesión de la subvención, y teniendo como plazo máximo para
la presentación de dicha justificación, de conformidad con el apartado 24.b) del cuadro
resumen:
- Para las entidades locales beneficiarias de una cuantía inferior a 6.000 euros, que
se abonará en un único pago, hasta el 31 de agosto del curso subvencionado.
- Para las entidades locales beneficiarias de una cuantía igual o superior a 6.000
euros, que se abonarán en dos pagos del 50% de la cuantía concedida, el plazo previsto
de justificación del primer pago será de seis meses tras su abono, y de tres meses tras el
abono del segundo pago.
Con carácter adicional y para la mejor justificación de los gastos, las entidades
beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de
forma específica para la subvención concedida.
Contra la resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en el artículo 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante
esta Delegación Territorial, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 369/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas.
Jaén, 13 de noviembre de 2024.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.
ANEXO I

ORDEN ENTIDAD LOCAL

CIF

PUNTUACIÓN

PROPUESTA

PRESUPUESTO
REFORMULADO

%
PRESUPUESTO

2024

2025

1

DIPUTACIÓN PROVINCIAL

P2300000C

60

22.500,00 €

31.500,00 €

72,43 %

11.250,00 €

11.250,00 €

2

AYUNTAMIENTO DE
VILLANUEVA DEL
ARZOBISPO

P2309700I

46

16.000,00 €

16.000,00 €

100,00 %

8.000,00 €

8.000,00 €

3

AYUNTAMIENTO DE BEAS
DE SEGURA

P2301200H

45

10.450,00 €

10.600,00 €

98,58 %

5.225,00 €

5.225,00 €

4

AYUNTAMIENTO DE JAÉN

P2305000H

42

9.000,00 €

9.000,00 €

100,00 %

4.500,00 €

4.500,00 €

5

AYUNTAMIENTO DE
MARTOS

P2306000G

42

9.000,00 €

9.000,00 €

100,00 %

4.500,00 €

4.500,00 €

6

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ
LA REAL

P2300200I

40

5.700,00 €

5.700,00 €

100,00 %

5.700,00 €

0,00 €

7

AYUNTAMIENTO DE
VILLACARRILLO

P2309500C

39

4.500,00 €

4.500,00 €

100,00 %

4.500,00 €

0,00 €

8

AYUNTAMIENTO DE JÓDAR

P2305300B

39

4.500,00 €

4.500,00 €

100,00 %

4.500,00 €

0,00 €

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311146

ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN
DE PROYECTOS PARA LA PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL
ABSENTISMO ESCOLAR CURSO 2024-2025