Disposiciones generales. . (2024/224-4)
Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan, para el año 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del plan de choque para el fomento territorial del empleo y la inserción laboral en los municipios situados en la zona del Campo de Gibraltar y municipios limítrofes costeros de la provincia de Cádiz. Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024

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tamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de l
personas físicas, que en su caso incluya, entre otros, mecanismos para:
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o
técnico.
- Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas
para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Seudoanonimizar y cifrar los datos personales.
Se tendrán particularmente en cuenta los riesgos que presente el tratamiento de datos, en concreto, como
consecuencia de la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos,
conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.
O) Designar, si procede o voluntariamente, una persona delegada de protección de datos y comunicar su
identidad y datos de contacto al responsable, en aplicación del artículo 34 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre.
P) Una vez cumplido el ciclo de vida de los datos referidos a la subvención concedida, el encargado conser vará una copia de los mismos debidamente bloqueada mientras puedan derivarse responsabilidades de la
ejecución de la prestación, procediendo a su eliminación una vez finalizadas esas posibles responsabilidades. Cuando lo haga, deberá certificar su destrucción por escrito y entregar el certificado al responsable del
tratamiento. Lo anterior será aplicable exclusivamente a todos aquellos datos personales que el encargado
haya tratado, sea cual sea su formato, fuera de los sistemas de información que el responsable ha puesto a
su disposición.
Q) Entregar debidamente cumplimentado el modelo de declaración expresa de cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos que se adjunta en este Anexo en los momentos previstos en la mencio nada declaración y la documentación referida en las letras C), F), O), en su caso, y P) de este apartado.
5. OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.
Corresponde al responsable del tratamiento:
a) Entregar al encargado los datos a los que se refiere la cláusula 2 de este documento.
b) Realizar una Evaluación de impacto de Protección de Datos personales de las operaciones de tratamiento
a realizar por el encargado, si procede.
c) Realizar las consultas previas que correspondan.
d) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
e) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.

Responsable y encargado del tratamiento están sujetos al régimen sancionador establecido en el
RGPD y en la Ley Orgánica, 3/2018, de 5 de diciembre.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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6. RESPONSABILIDADES.