Disposiciones generales. . (2024/224-7)
Extracto de la Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria Erasmus + (KA 131 y KA 171) de plazas para la movilidad de estudiantes de Grado en instituciones extranjeras de educación superior, con acuerdos interinstitucionales, curso académico 2025/26.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024

página 54131/1

1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Universidad de
Huelva, por la que se aprueba una convocatoria Erasmus + (KA 131 y KA 171)
de plazas para la movilidad de estudiantes de Grado en instituciones extranjeras
de educación superior, con acuerdos interinstitucionales, curso académico
2025/26.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 796567.
Primero. Convocatoria.
La Universidad de Huelva convoca plazas, mediante concurrencia competitiva, de
movilidad internacional de estudiantes de Grado (listadas en el Anexo I) para el curso
2025/2026, en el marco del Programa Erasmus+, que engloba todas las iniciativas de
educación, formación, juventud y deporte.
Segundo. Bases reguladoras.
Bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de
becas y ayudas concedidas para movilidad internacional de la Universidad de Huelva,
aprobadas en Comisión de Relaciones Internacionales de 12 de febrero de 2021 y en
Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2021.

Cuarto. Personas beneficiarias.
Requisitos de los solicitantes.
- Estar matriculada, en la Universidad de Huelva, durante el curso académico
2024/2025, en una de las titulaciones de carácter oficial para las que exista oferta.
- Estar matriculada en la Universidad de Huelva en la titulación para la que se le ha
concedido la plaza de movilidad en el curso 2025/2026.
- No haber disfrutado con anterioridad de una movilidad Erasmus+, LLP Erasmus o
Erasmus Mundus para su ciclo de estudios: Grado Superior en Formación Profesional o
Grado universitario, superior a 7 meses siempre que entre la/s anterior/es movilidad/es ya
disfrutadas y la solicitada se superen 12 meses (360 días).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311079

Tercero. Financiación.
La adjudicación de una plaza de movilidad no conlleva la dotación económica
con carácter automático, sino que la posible ayuda y el importe de la misma estarán
supeditados a la financiación que la UHU reciba para este fin de organismos externos.
La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente al tiempo de estancia
real de cada estudiante en la universidad de destino, y siempre como máximo, la que
corresponda al número de meses que se establecen para cada plaza en el Anexo I, con
la limitación que determinen los organismos financiadores. Sólo en casos de ampliación
de estancia debidamente autorizada, y siempre que sea viable presupuestariamente,
podrá ampliarse también la dotación económica de la ayuda. En todo caso, esta decisión
corresponde exclusivamente al Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso
Global. La aplicación presupuestaria para esta convocatoria es 80010602, 321A, 48199,
importe total de 1.300.000,00 €.