Disposiciones generales. . (2024/224-5)
Extracto de la Resolución de 12 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan las subvenciones reguladas en la Orden de 21 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, del plan de choque para el fomento territorial del empleo y la inserción laboral en los municipios situados en la zona del Campo de Gibraltar y municipios limítrofes costeros de la provincia de Cádiz. Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024
página 54099/2
d) Barbate.
e) Los Barrios.
f) Tarifa.
g) Jimena de la Frontera.
h) Castellar de la Frontera.
i) San Martín del Tesorillo.
j) Facinas.
k) Tahivilla.
l) Zahara de los Atunes.
2. En todo caso, las entidades solicitantes de las subvenciones convocadas mediante
la presente resolución deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de las
bases reguladoras, con las excepciones señaladas en el mismo.
Quinto. Financiación y disponibilidad presupuestaria.
1. La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de cuatro millones
cuatrocientos noventa y cuatro mil euros (4.494.000,00 €), estando limitada, en todo
caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. Las subvenciones a conceder se financiarán con las dotaciones que el Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024 destina a las actuaciones
en materia de políticas activas de empleo en el ámbito de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, con cargo al programa 32K «Políticas Activas de Empleo»,
financiado con transferencias finalistas del Estado (Servicio 18), según se resume a
continuación:
Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar (4.494.000 €).
PROGRAMA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
ANUALIDAD 2024
Construyendo Futuro en el
Campo de Gibraltar
1200180000 G/32K/46003/11/S0714
2.247.000,00 €
1200180000 G/32K/46003/11/S0574
2.247.000,00 €
TOTAL
4.494.000,00 €
Séptimo. Lugar de presentación de solicitudes.
1. La solicitud de subvención deberá ajustarse al Anexo I, publicado con la presente
convocatoria, que recoge los extremos que se determinan en el artículo 13 de las bases
reguladoras de la subvención.
2. Los ayuntamientos o las entidades locales autónomas, por medio de sus
representantes, podrán presentar una única solicitud con un único proyecto, el cual podrá
contener varias actuaciones.
3. En la solicitud se indicarán las actuaciones principales y las actuaciones
complementarias adicionales al proyecto, en su caso.
Las solicitudes, y en su caso, la documentación anexa, así como los trámites siguientes,
se presentarán, tal y como establece el artículo 14 de las bases reguladoras, en el Registro
Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la cumplimentación
del Anexo I de solicitud disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, apartado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311047
Sexto. Cuantía de la subvención.
La cuantía de la subvención será de 10.500 euros por cada contrato laboral
formalizado, con una duración de 6 meses, a jornada completa, en los grupos de
cotización del 4 al 10, de los colectivos destinatarios de la línea de subvención, conforme
a lo dispuesto en el artículo 7.1 de las bases reguladoras.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024
página 54099/2
d) Barbate.
e) Los Barrios.
f) Tarifa.
g) Jimena de la Frontera.
h) Castellar de la Frontera.
i) San Martín del Tesorillo.
j) Facinas.
k) Tahivilla.
l) Zahara de los Atunes.
2. En todo caso, las entidades solicitantes de las subvenciones convocadas mediante
la presente resolución deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4 de las
bases reguladoras, con las excepciones señaladas en el mismo.
Quinto. Financiación y disponibilidad presupuestaria.
1. La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de cuatro millones
cuatrocientos noventa y cuatro mil euros (4.494.000,00 €), estando limitada, en todo
caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. Las subvenciones a conceder se financiarán con las dotaciones que el Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024 destina a las actuaciones
en materia de políticas activas de empleo en el ámbito de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, con cargo al programa 32K «Políticas Activas de Empleo»,
financiado con transferencias finalistas del Estado (Servicio 18), según se resume a
continuación:
Programa Construyendo Futuro en el Campo de Gibraltar (4.494.000 €).
PROGRAMA
PARTIDA PRESUPUESTARIA
ANUALIDAD 2024
Construyendo Futuro en el
Campo de Gibraltar
1200180000 G/32K/46003/11/S0714
2.247.000,00 €
1200180000 G/32K/46003/11/S0574
2.247.000,00 €
TOTAL
4.494.000,00 €
Séptimo. Lugar de presentación de solicitudes.
1. La solicitud de subvención deberá ajustarse al Anexo I, publicado con la presente
convocatoria, que recoge los extremos que se determinan en el artículo 13 de las bases
reguladoras de la subvención.
2. Los ayuntamientos o las entidades locales autónomas, por medio de sus
representantes, podrán presentar una única solicitud con un único proyecto, el cual podrá
contener varias actuaciones.
3. En la solicitud se indicarán las actuaciones principales y las actuaciones
complementarias adicionales al proyecto, en su caso.
Las solicitudes, y en su caso, la documentación anexa, así como los trámites siguientes,
se presentarán, tal y como establece el artículo 14 de las bases reguladoras, en el Registro
Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la cumplimentación
del Anexo I de solicitud disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, apartado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311047
Sexto. Cuantía de la subvención.
La cuantía de la subvención será de 10.500 euros por cada contrato laboral
formalizado, con una duración de 6 meses, a jornada completa, en los grupos de
cotización del 4 al 10, de los colectivos destinatarios de la línea de subvención, conforme
a lo dispuesto en el artículo 7.1 de las bases reguladoras.