3. Otras disposiciones. . (2024/223-32)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Viernes, 15 de noviembre de 2024

página 53948/17

ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la sede de la Delegación Territorial
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga domiciliada en Avda. de la
Aurora, 47, 29002 Málaga, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período
señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación
y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.
Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien por medio
de representante, circunstancia que podrá acreditarse mediante cualquier medio válido
en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, incluido poder notarial,
exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como
la documentación acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o
certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo
del Impuesto de Bienes Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos
documentos y cualquier otro que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si
lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y notario. En caso de
incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece
el artículo 5 de la LEF.
Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 24 de la LEF, se podrá proponer la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes y
derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente acta de adquisición por
mutuo acuerdo, que se entenderá como partida alzada por todos los conceptos conforme a lo
establecido en el artículo 26 del REF. En caso de que no se suscriba la mencionada acta de
adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega a los comparecientes de la correspondiente
hoja de valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El
abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno
de la Junta de Andalucía en Málaga, se realizará a cuenta del justiprecio final y una vez
efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el
apartado 6 del artículo 52 de la LEF.
A la vista de los antecedentes expuestos y de la documentación que figura en el
expediente, esta Delegación Territorial, en ejercicio de las competencias atribuidas en el
artículo único de la Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se delegan y atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural,
RESU ELV E

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran
en la relación incluida en el anejo de esta resolución, para que comparezcan en las
dependencias de los Ayuntamientos de Alhaurín de la Torre, Cártama y Málaga, el día y
hora que figuran en la misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a
la ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310896

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras de construcción de la «Agrupación de vertidos y EDAR de la aglomeración
urbana Guadalhorce, Málaga Norte», clave A6.329.1178/2112, que se desarrollará en los
términos municipales de Alhaurín de la Torre, Cártama y Málaga, según el anejo de esta
resolución, en el que se incluye la relación de interesados, bienes y derechos afectados
por la expropiación, siendo beneficiarios finales de la expropiación los Ayuntamientos de
Alhaurín de la Torre, Cártama y Málaga.