Disposiciones generales. . (2024/222-1)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se reajustan las anualidades del crédito asignado a la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía en el ejercicio 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 53880/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, por la que se reajustan las anualidades del crédito
asignado a la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en
Andalucía en el ejercicio 2024.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN
2024
2025
DOTACIÓN TOTAL
Subvenciones al desarrollo de
proyectos de obras audiovisuales
257.500,00 €
257.500,00 €
515.000,00 €
Dado el carácter estimativo del reparto inicialmente establecido por la resolución
de convocatoria y teniendo en cuenta la secuencia de pago establecida en las bases
reguladoras, así como el desarrollo previsto de los proyectos a subvencionar, con la
finalidad de aplicar las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio 2025
y para que no quede crédito presupuestario sin ejecutar en dicho ejercicio, en aras a
atender de manera objetiva y transparente al interés general y dar cumplimiento al
principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, se hace
necesario proceder a un reajuste del reparto por anualidades del crédito asignado a la
convocatoria que nos ocupa.
Como consecuencia de que el Presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales ha de considerarse parte integrante del Presupuesto de la Junta de Andalucía
conforme al artículo 31 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, que
establece «De conformidad con lo previsto en el Estatuto de Autonomía, el Presupuesto
de la Junta de Andalucía constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las
obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Junta de Andalucía, sus agencias
administrativas y de régimen especial, sus instituciones, consorcios y agencias públicas
empresariales que conforme a sus Estatutos sean de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y de los derechos que prevean liquidar durante el
correspondiente ejercicio, así como las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por
el resto de las agencias públicas empresariales, por las sociedades mercantiles del sector
público andaluz, por las fundaciones y las demás entidades previstas en el artículo 5.3 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310824
Por Resolución de 21 de agosto de 2024 (BOJA número 167, de 28 de agosto), de la
Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se convoca para el ejercicio
2024 el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía, al amparo
de la Orden de 11 de marzo de 2024 (BOJA número 56, de 20 de marzo), por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones referidas,
siendo objeto de corrección de errores con fecha 20 de junio de 2024 (BOJA número 119,
de 20 de junio).
De conformidad con el apartado segundo, subapartado 2.1, de la Resolución de 21
de agosto de 2024 (BOJA núm. 167, de 28 de agosto), la financiación de estas ayudas
se imputará a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, y se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria
1651010000 G/45E/47001/00 01, con una dotación global máxima de 515.000,00 euros,
estando su concesión limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en
cada ejercicio y teniendo su efectividad en caja en las anualidades futuras 2024 y 2025,
con el siguiente detalle:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 53880/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, por la que se reajustan las anualidades del crédito
asignado a la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en
Andalucía en el ejercicio 2024.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN
2024
2025
DOTACIÓN TOTAL
Subvenciones al desarrollo de
proyectos de obras audiovisuales
257.500,00 €
257.500,00 €
515.000,00 €
Dado el carácter estimativo del reparto inicialmente establecido por la resolución
de convocatoria y teniendo en cuenta la secuencia de pago establecida en las bases
reguladoras, así como el desarrollo previsto de los proyectos a subvencionar, con la
finalidad de aplicar las disponibilidades presupuestarias existentes en el ejercicio 2025
y para que no quede crédito presupuestario sin ejecutar en dicho ejercicio, en aras a
atender de manera objetiva y transparente al interés general y dar cumplimiento al
principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, se hace
necesario proceder a un reajuste del reparto por anualidades del crédito asignado a la
convocatoria que nos ocupa.
Como consecuencia de que el Presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales ha de considerarse parte integrante del Presupuesto de la Junta de Andalucía
conforme al artículo 31 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, que
establece «De conformidad con lo previsto en el Estatuto de Autonomía, el Presupuesto
de la Junta de Andalucía constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las
obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Junta de Andalucía, sus agencias
administrativas y de régimen especial, sus instituciones, consorcios y agencias públicas
empresariales que conforme a sus Estatutos sean de las previstas en el artículo 68.1.b)
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y de los derechos que prevean liquidar durante el
correspondiente ejercicio, así como las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por
el resto de las agencias públicas empresariales, por las sociedades mercantiles del sector
público andaluz, por las fundaciones y las demás entidades previstas en el artículo 5.3 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310824
Por Resolución de 21 de agosto de 2024 (BOJA número 167, de 28 de agosto), de la
Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se convoca para el ejercicio
2024 el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía, al amparo
de la Orden de 11 de marzo de 2024 (BOJA número 56, de 20 de marzo), por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones referidas,
siendo objeto de corrección de errores con fecha 20 de junio de 2024 (BOJA número 119,
de 20 de junio).
De conformidad con el apartado segundo, subapartado 2.1, de la Resolución de 21
de agosto de 2024 (BOJA núm. 167, de 28 de agosto), la financiación de estas ayudas
se imputará a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, y se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria
1651010000 G/45E/47001/00 01, con una dotación global máxima de 515.000,00 euros,
estando su concesión limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en
cada ejercicio y teniendo su efectividad en caja en las anualidades futuras 2024 y 2025,
con el siguiente detalle: