Disposiciones generales. . (2024/521-1)
Orden de 13 de noviembre de 2024, por la que se aprueba el Plan de Actuaciones de Emergencia para la Reparación de Caminos Rurales dañados por los fenómenos meteorológicos adversos acaecidos en la Comunidad Autónoma de Andalucía entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 21 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 54163/4
(Página
2
de
7 )
ANEXO I
3. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la entidad solicitante:
Los caminos están ubicados en los municipios recogidos en el Acuerdo de 5 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno,
por el que se declara desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario la depresión aislada a niveles altos
(DANA) en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2024, se insta la
adopción de medidas para paliar sus efectos y se establecen los términos municipales afectados, o posteriores ampliaciones
en su caso.
Existe una relación directa y determinante entre los daños observados y los fenómenos meteorológicos adversos que han
motivado las declaraciones del Consejo de Gobierno.
Los caminos tienen desperfectos tales que el tránsito por el mismo implica un elevado nivel de peligrosidad o riesgo para
las personas.
Los caminos se encuentran cortados o intransitables para la circulación de vehículos ligeros (coches, motocicletas, etc.), según
lo dispuesto en la Adenda al Protocolo de actuación en caso de desastres naturales, fenómenos meteorológicos adversos y
catástrofes que afecten al sector agrario en Andalucía.
Los caminos rurales son de titularidad pública, situados en suelo rústico y se acredita la disponibilidad de los terrenos
necesarios para ejecutar las obras.
Las actuaciones de este Plan, al concurrir el urgente interés público descrito en este Plan y de acuerdo con el artículo
139.4 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, estarán
exceptuadas de sujeción a cualquier tipo de licencia, permiso o instrumento de control previo por parte del
Ayuntamiento.
La ejecución de las actuaciones, para las que comunico daños, no ha sido iniciada antes de la fecha de su
presentación o levantamiento del acta de valoración de daños.
No se ha solicitado ni se ha otorgado subvención u otras ayudas para la ejecución de las obras explicitadas en el apartado
6 de este documento.
Asimismo se COMPROMETE a:
Aceptar la valoración realizada por el personal técnico de la Consejería competente en materia agraria, sus medios
propios y entidades instrumentales.
Colaborar con la Administración ejecutante y en los controles/auditorías realizados por la Consejería competente en
materia de Agricultura, la Intervención General, la Comisión Europea y cualquier ente público competente.
Recibir las obras cuando sea requerido y a mantener las inversiones realizadas en mi patrimonio y en correcto
funcionamiento, al menos durante cinco años a contar desde la declaración del gasto de la actuación a FEADER.
Cumplir con las obligaciones que dimanen de la ejecución de las operaciones finalmente seleccionadas.
Otra/s (especificar):
4. DERECHO DE OPOSICIÓN
El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre):
En el caso de acreditar la titularidad de la infraestructura mediante certificación catastral:
00311111
008797
ME OPONGO a la consulta de las certificaciones catastrales de la infraestructura de la que soy titular, y aporto
certificación catastral electrónica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 21 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 54163/4
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7 )
ANEXO I
3. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la entidad solicitante:
Los caminos están ubicados en los municipios recogidos en el Acuerdo de 5 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno,
por el que se declara desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario la depresión aislada a niveles altos
(DANA) en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2024, se insta la
adopción de medidas para paliar sus efectos y se establecen los términos municipales afectados, o posteriores ampliaciones
en su caso.
Existe una relación directa y determinante entre los daños observados y los fenómenos meteorológicos adversos que han
motivado las declaraciones del Consejo de Gobierno.
Los caminos tienen desperfectos tales que el tránsito por el mismo implica un elevado nivel de peligrosidad o riesgo para
las personas.
Los caminos se encuentran cortados o intransitables para la circulación de vehículos ligeros (coches, motocicletas, etc.), según
lo dispuesto en la Adenda al Protocolo de actuación en caso de desastres naturales, fenómenos meteorológicos adversos y
catástrofes que afecten al sector agrario en Andalucía.
Los caminos rurales son de titularidad pública, situados en suelo rústico y se acredita la disponibilidad de los terrenos
necesarios para ejecutar las obras.
Las actuaciones de este Plan, al concurrir el urgente interés público descrito en este Plan y de acuerdo con el artículo
139.4 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, estarán
exceptuadas de sujeción a cualquier tipo de licencia, permiso o instrumento de control previo por parte del
Ayuntamiento.
La ejecución de las actuaciones, para las que comunico daños, no ha sido iniciada antes de la fecha de su
presentación o levantamiento del acta de valoración de daños.
No se ha solicitado ni se ha otorgado subvención u otras ayudas para la ejecución de las obras explicitadas en el apartado
6 de este documento.
Asimismo se COMPROMETE a:
Aceptar la valoración realizada por el personal técnico de la Consejería competente en materia agraria, sus medios
propios y entidades instrumentales.
Colaborar con la Administración ejecutante y en los controles/auditorías realizados por la Consejería competente en
materia de Agricultura, la Intervención General, la Comisión Europea y cualquier ente público competente.
Recibir las obras cuando sea requerido y a mantener las inversiones realizadas en mi patrimonio y en correcto
funcionamiento, al menos durante cinco años a contar desde la declaración del gasto de la actuación a FEADER.
Cumplir con las obligaciones que dimanen de la ejecución de las operaciones finalmente seleccionadas.
Otra/s (especificar):
4. DERECHO DE OPOSICIÓN
El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre):
En el caso de acreditar la titularidad de la infraestructura mediante certificación catastral:
00311111
008797
ME OPONGO a la consulta de las certificaciones catastrales de la infraestructura de la que soy titular, y aporto
certificación catastral electrónica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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