5. Anuncios. . (2024/222-73)
Anuncio de 19 de agosto de 2024, del Ayuntamiento de Navas de San Juan, de convocatoria para la provisión del puesto de Jefatura de la Policía Local, mediante sistema de libre designación, conforme a los principios de mérito, capacidad, objetividad y publicidad y lo establecido en el artículo 26.1 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. (PP. 9946/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 53542/2
cumplan los requisitos de la convocatoria. Se valorará particularmente la experiencia en
funciones de organización, dirección, coordinación y supervisión de la Policía Local.
Todos estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes.
Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos exigidos en
la convocatoria, se podrá convocar a los aspirantes para la celebración de una entrevista
personal, a los efectos de constatar o averiguar las características de los mismos que
mejor se adecúen al contenido y funciones del puesto. Igualmente, se podrán recabar las
aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria,
todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (Anexo I) para tomar parte en la provisión del puesto de Jefatura de
Policía Local, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas
en las presentes bases, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento y se
presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexta. Nombramiento, toma de posesión y cese.
El órgano competente para proceder al nombramiento será la Alcaldía, y lo llevará
a cabo de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en
el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El nombramiento recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en
las presentes bases y convocatoria, sea elegido discrecionalmente para ocupar el puesto
requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido.
La resolución de nombramiento indicará el plazo en que deberá efectuarse el cese en
el actual puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo casos de
fuerza mayor debidamente justificados.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio
activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento
en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[dirección https://navasdesanjuan.sedelectronica.es]. Si el nombramiento comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.
El aspirante nombrado podrá ser cesado y removido de sus funciones con carácter
discrecional por el órgano que lo nombró.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310490
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el
plazo de cinco días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://navasdesanjuan.sedelectronica.es], se señalará un plazo de diez días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [dirección https://navasdesanjuan.sedelectronica.es].
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 53542/2
cumplan los requisitos de la convocatoria. Se valorará particularmente la experiencia en
funciones de organización, dirección, coordinación y supervisión de la Policía Local.
Todos estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de
presentación de solicitudes.
Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos exigidos en
la convocatoria, se podrá convocar a los aspirantes para la celebración de una entrevista
personal, a los efectos de constatar o averiguar las características de los mismos que
mejor se adecúen al contenido y funciones del puesto. Igualmente, se podrán recabar las
aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria,
todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (Anexo I) para tomar parte en la provisión del puesto de Jefatura de
Policía Local, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas
en las presentes bases, se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento y se
presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexta. Nombramiento, toma de posesión y cese.
El órgano competente para proceder al nombramiento será la Alcaldía, y lo llevará
a cabo de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, en
el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
El nombramiento recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en
las presentes bases y convocatoria, sea elegido discrecionalmente para ocupar el puesto
requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido.
La resolución de nombramiento indicará el plazo en que deberá efectuarse el cese en
el actual puesto de trabajo y la toma de posesión del destino adjudicado, salvo casos de
fuerza mayor debidamente justificados.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio
activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento
en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[dirección https://navasdesanjuan.sedelectronica.es]. Si el nombramiento comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.
El aspirante nombrado podrá ser cesado y removido de sus funciones con carácter
discrecional por el órgano que lo nombró.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310490
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el
plazo de cinco días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://navasdesanjuan.sedelectronica.es], se señalará un plazo de diez días hábiles para
subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [dirección https://navasdesanjuan.sedelectronica.es].