5. Anuncios. . (2024/222-50)
Anuncio de 11 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resoluciones relativas a procedimientos administrativos sancionadores en materia de agricultura, ganadería y pesca.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024

página 53944/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Anuncio de 11 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resoluciones relativas a
procedimientos administrativos sancionadores en materia de agricultura,
ganadería y pesca.

NIF/NIE/CIF

EXPEDIENTE

ACTO NOTIFICADO

26811522P

MA/0075/24

Resolución

27326262P

MA/0174/24

Resolución

28829541F

MA/0194/24

Resolución

33376194C

MA/0369/24

Resolución

44666559F

MA/0384/24

Resolución

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310892

Intentada sin efecto la notificación de la resolución y liquidación formulada en el
expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se
cita, y en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
e intentadas, sin efecto, la notificación personal en el domicilio que consta en dicho
expediente, se publica el presente anuncio para que sirva de notificación del mismo;
significándole que en el plazo de un mes, queda de manifiesto el expediente, en la
Sección de Sanciones de esta Delegación Territorial de Málaga, Avda. de la Aurora, 47,
planta 5.ª puerta 7; pudiendo formular recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Le comunico que el importe de la
sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario a partir del día siguiente a la fecha
en que esta resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se
producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación
de la presente resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de
alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En cuyo caso el importe de la
sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes:
Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que
adquiere firmeza hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran
firmeza hasta el día 5 del segundo mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
En el supuesto de que se interponga recurso de alzada, el plazo para el pago en
periodo voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la
resolución recaída en el mencionado recurso, con similares plazos, a contar desde la
fecha de notificación.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en
la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda, Industria
y Energía de Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso
normalizado 048.
Con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado,
se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda,
Industria y Energia en vía de apremio.