3. Otras disposiciones. . (2024/221-63)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del logotipo de la Diputación Provincial de Huelva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024
página 53862/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de
Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz
de Entidades Locales del logotipo de la Diputación Provincial de Huelva.
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, la Diputación Provincial de Huelva ha realizado los
trámites tendentes a la adopción de un logotipo de acuerdo con lo establecido en el
capítulo segundo de la mencionada Ley.
Con fecha 2 de octubre de 2024, el Pleno de la Diputación Provincial de Huelva
acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la adopción
definitiva del logotipo con la siguiente descripción:
LOGOTIPO:
El imagotipo es un tipo de representación gráfica que combina tanto elementos de
imagen como de texto para identificar a la Diputación de Huelva.
Se caracteriza por la fusión de un logotipo (parte textual) y un isotipo (parte gráfica).
Para el desarrollo del símbolo gráfico (isotipo) de la Diputación de Huelva, se ha
planteado una síntesis gráfica de los elementos heráldicos, simplificados y adaptados a la
estética y a las necesidades de comunicación actuales.
Su disposición es la siguiente:
Dos grandes óvalos inclinados azules rematados por dos coronas reales simplificadas.
El de la izquierda representa un recinto fortificado donde se aprecia un muro y tres
torres nacientes, una de ellas rematada en cuerpo prismático, cubierta de diferentes
tamaños, todas ellas sobre unas líneas que representan el Océano Atlántico. En su
perímetro aparece la inscripción PORTUS MARIS ET TERRAE CUSTODIA.
El óvalo derecho presenta tres barcos, en alusión a las naves del descubrimiento
de América, sobre unas líneas que representan el Océano Atlántico, entre dos globos
terráqueos, con paralelos y meridianos que representan los dos mundos.
Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003,
de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se
desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales,
y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310810
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 11 de octubre
de 2024, se solicitó por esa entidad local la inscripción de ese logotipo en el Registro
Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 y de
conformidad con el artículo 18 ambos de la expresada Ley, en base a los cuales el uso de
los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar
hasta que no estén inscritos en el referido registro.
Examinada la solicitud y subsanada la misma, se ha comprobado el cumplimiento
de los requisitos establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de
2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz
de Entidades Locales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024
página 53862/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de
Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz
de Entidades Locales del logotipo de la Diputación Provincial de Huelva.
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, la Diputación Provincial de Huelva ha realizado los
trámites tendentes a la adopción de un logotipo de acuerdo con lo establecido en el
capítulo segundo de la mencionada Ley.
Con fecha 2 de octubre de 2024, el Pleno de la Diputación Provincial de Huelva
acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la adopción
definitiva del logotipo con la siguiente descripción:
LOGOTIPO:
El imagotipo es un tipo de representación gráfica que combina tanto elementos de
imagen como de texto para identificar a la Diputación de Huelva.
Se caracteriza por la fusión de un logotipo (parte textual) y un isotipo (parte gráfica).
Para el desarrollo del símbolo gráfico (isotipo) de la Diputación de Huelva, se ha
planteado una síntesis gráfica de los elementos heráldicos, simplificados y adaptados a la
estética y a las necesidades de comunicación actuales.
Su disposición es la siguiente:
Dos grandes óvalos inclinados azules rematados por dos coronas reales simplificadas.
El de la izquierda representa un recinto fortificado donde se aprecia un muro y tres
torres nacientes, una de ellas rematada en cuerpo prismático, cubierta de diferentes
tamaños, todas ellas sobre unas líneas que representan el Océano Atlántico. En su
perímetro aparece la inscripción PORTUS MARIS ET TERRAE CUSTODIA.
El óvalo derecho presenta tres barcos, en alusión a las naves del descubrimiento
de América, sobre unas líneas que representan el Océano Atlántico, entre dos globos
terráqueos, con paralelos y meridianos que representan los dos mundos.
Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003,
de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se
desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales,
y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310810
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 11 de octubre
de 2024, se solicitó por esa entidad local la inscripción de ese logotipo en el Registro
Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 y de
conformidad con el artículo 18 ambos de la expresada Ley, en base a los cuales el uso de
los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar
hasta que no estén inscritos en el referido registro.
Examinada la solicitud y subsanada la misma, se ha comprobado el cumplimiento
de los requisitos establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de
2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz
de Entidades Locales.