3. Otras disposiciones. . (2024/221-53)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se anuncia la publicación de las Resoluciones emitidas por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), de 22 de septiembre de 2024, mediante la que se actualiza la Resolución de 26 de marzo de 2024, por la que se asignan derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, y la Resolución de 18 de septiembre de 2024, mediante la que se actualiza la Resolución de 27.3.2024 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad procedentes de la reserva nacional correspondiente a la campaña 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024

página 53159/21

ANEXO IV: Códigos e Incidencias asociadas a la Resolución denegatoria.
INCIDENCIA

DESCRIPCIÓN
Art.21.1 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No ha presentado la solicitud en el plazo de presentación de la solicitud única de la campaña y ante la
autoridad competente correspondiente.

000002

Art.21.1 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No acompaña la solicitud de toda la documentación señalada en el anexo IV en plazo de modificación de
la solicitud única de la campaña y ante la autoridad competente correspondiente.

000003

Art.22.1.a) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No cumple la condición de agricultor activo en la campaña de reserva nacional.

000004

Art.22.1.b) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No está incorporado ni ejerce como responsable de la explotación en plazo de campaña de reserva
nacional.

000005

Art.22.1.b) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No asume el control efectivo y a largo plazo, la gestión diaria y el riesgo empresarial de la explotación
en la campaña de reserva nacional.

000006

Art.22.1.b) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante, persona física, no acredita la titularidad de la explotación en plazo de campaña de reserva
nacional.

000007

Art.22.1.b) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: En el caso de personas jurídicas, el responsable de explotación no dispone de, al menos, el mismo
porcentaje de participación en el capital social y en los derechos de voto dentro de la junta rectora de la persona jurídica, que el socio mayoritario, en plazo de
campaña de reserva nacional.

000008

Art.22.1.c) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante no está dado de alta en la Seguridad Social por el ejercicio de la actividad agraria en plazo
de campaña de reserva nacional.

000009

Art.22.1.d) y e) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No acredita disponer de hectáreas subvencionables en plazo de modificación de solicitud única, a
efectos de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (incluido el ejercicio de la actividad agraria) para que los derechos se puedan asignar con base en dichas
hectáreas. (Denegación total)

000010

Art.22.1.d) y e) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No acredita disponer de parte de las hectáreas subvencionables en plazo de modificación de
solicitud única, a efectos de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (incluido el ejercicio de la actividad agraria) para que los derechos se puedan asignar
con base en dichas hectáreas. (Denegación parcial)

000011

Art.22.1.f) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante, a fin de plazo de modificación de la solicitud única, no acredita un mínimo de 150 horas
lectivas en cursos o seminarios de capacitación agraria reconocidos por la autoridad competente, así como titulaciones oficiales equivalentes, reconocidas por la
autoridad competente.

000012

Art.22.1.f) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante, a fin de plazo de modificación de la solicitud única, no dispone de una resolución favorable
de concesión de la ayuda al establecimiento de jóvenes agricultores en el ámbito del desarrollo rural.

000013

Art.22.1.f) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante, a fin de plazo de modificación de la solicitud única, no acredita su instalación en una
explotación prioritaria en los términos definidos en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, con la correspondiente certificación
de los registros existentes.

000014

Art.22.1.f) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante, a fin de plazo de modificación de la solicitud única, no acredita experiencia previa como
responsable de explotación o equivalente, reconocida por la autoridad competente.

000015

Jóvenes agricultores - Art. 3.21 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre: Ha cumplido más de 40 años en el año natural de su primera solicitud
subvencionable de reserva nacional.

000016

Jóvenes y Nuevos agricultores – Art.23.1.a) y art. 23.2.a) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No se ha incorporado recientemente en una explotación
agraria como responsable de la explotación.

000017

Jóvenes y Nuevos agricultores – Art.23.1.a) y art. 23.2.a) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No se ha incorporado por primera vez en una
explotación agraria como responsable de la explotación.

000018

Jóvenes y Nuevos agricultores - Art.23.3 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante ha recibido derechos en anteriores asignaciones de
derechos de pago básico de la reserva nacional.

000020

Jóvenes agricultores - fases – Art.23.3 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: Si su incorporación a la actividad agraria se efectúa en el marco de la
ayuda a la primera instalación en el ámbito del desarrollo rural, no acredita que la autoridad competente reconozca la incorporación ejecutada por fases.

000021

Jóvenes agricultores - fases – Art.23.3 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: Si su incorporación a la actividad agraria se efectúa en el marco de la
ayuda a la primera instalación en el ámbito del desarrollo rural, reconocida por la autoridad competente como a ejecutar en fases, no se pueden asignar nuevos
derechos de reserva nacional porque el número de hectáreas declaradas libres de derechos supera el número de hectáreas especificado de la explotación final
indicada en el plan empresarial de la incorporación por fases. (Denegación total)

000022

Jóvenes agricultores - fases – Art.23.3 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: Si su incorporación a la actividad agraria se efectúa en el marco de la
ayuda a la primera instalación en el ámbito del desarrollo rural, reconocida por la autoridad competente como a ejecutar en fases, sólo se pueden asignar nuevos
derechos de reserva nacional respecto al número de hectáreas declaradas libres de derechos que no supera el número de hectáreas especificado de la explotación
final indicada en el plan empresarial de la incorporación por fases. (Denegación parcial)

000026

Agricultores en desventaja – Art.24.2.b) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: No está incorporado y ha ejercido la actividad agraria de forma
ininterrumpida como responsable de explotación desde al menos 2015, como titular de explotación o cotitular.

000027

Agricultores en desventaja – Art.24.2.c) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante ha sido titular de derechos de pago básico.

000029

Agricultores en desventaja - Art.24.2.c) del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre: El solicitante ha recibido derechos de la reserva nacional en anteriores
asignaciones de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad.

000034

Art. 12 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre y Anexo I del Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre: Ha creado artificialmente las condiciones para
cumplir los requisitos exigidos a nivel de solicitante. (Denegación total).

905104

Beneficiario con solicitud de Reserva Nacional con superficie solicitada igual a cero, tanto en el resumen SRN como en todas las superficies del detalle por región
SR1. Solicitudes 320A, 320B, 320C, 330A y 330B

905106

Beneficiario con solicitud de Reserva Nacional con asignación previa de importes por Reserva Nacional (campañas 2015 - 2022). Solicitudes 320A y 320B

905150

Beneficiario titular de un número de derechos de Ayuda Básica mayor o igual a la superficie solicitada, cuyo valor nominal es superior al valor medio regional en
TODAS las regiones. No se produce incremento del importe de los derechos al valor medio regional. Solicitudes 320A, 320B, 320C y 330B

905152

Beneficiario titular de derechos arrendados con incremento del importe de los mismos al valor medio regional y cuyo plazo de arrendamiento expira en la campaña
de asignación de reserva nacional. 320A, 320B, 320C y 330B

00310108

000001

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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