Autoridades y personal. . (2024/220-34)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y se convoca a concurso público contratos de actividades científico-técnicas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Martes, 12 de noviembre de 2024

página 53759/4

2. Solicitantes.
Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria las personas solicitantes que reúnan los
siguientes requisitos:
a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o
nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas
trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la
Unión Europea.
b) También podrán participar el/la cónyuge, los/las descendientes y descendientes del o de la
cónyuge, de los/las españoles/las y también de los/las nacionales de otros Estados miembros
de la Unión Europea, siempre que no se estén separados/as de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros
Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren residiendo en
España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir
y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar
quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en
situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para
residir y trabajar, así como los que tengan la condición de personas refugiadas.
d) Las personas que no se encuentren en situaciones descritas en los apartados a), b) y c),
podrán participar en los procesos selectivos, siempre y cuando reúnan y acrediten los
requisitos mínimos establecidos en la convocatoria. No obstante, su incorporación efectiva,
en el supuesto de ser seleccionadas, sólo se podrá realizar cuando obtengan la
correspondiente autorización administrativa que les permita residir y trabajar en España,
dentro de los plazos y términos establecidos en la base 4.

2.2

Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación. Estas dos
circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de contratación.

2.3

Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en el Anexo II de
esta Resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros Españoles no estatales,
deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes.

2.4

No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.5

No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de las correspondientes
funciones. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán igualmente no
estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la
función pública.

2.6

Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un
conocimiento adecuado del castellano.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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