Autoridades y personal. . (2024/218-13)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo, mediante turno libre, de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz.
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Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
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así como la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado
servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos,
no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no
conste en el expediente del área de Personal.
No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de
presentación de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 15 €, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS TAL BIOMED24 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante
el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión
de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
e) Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de discapacidad, deberán
presentar certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente, igual o superior al 33 por 100.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al
33 por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo
de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico
Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como
el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310577
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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así como la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado
servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos,
no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no
conste en el expediente del área de Personal.
No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de
presentación de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de
examen serán de 15 €, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS TAL BIOMED24 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante
el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión
de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
e) Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de discapacidad, deberán
presentar certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente, igual o superior al 33 por 100.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de
familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al
33 por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo
de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico
Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como
el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310577
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía