Autoridades y personal. . (2024/218-13)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo, mediante turno libre, de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53629/2
2. Requisitos de participación.
2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con
nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
Las personas extranjeras residentes en España podrán acceder en igualdad de
condiciones que las nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como
personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310577
1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los Estatutos
de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral
de las Universidades Públicas de Andalucía, el Reglamento de Selección, Contratación
y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz,
el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de
relacionarse por medios electrónicos con la administración de la Universidad de Cádiz
del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y las bases de la
presente convocatoria.
1.3. Al proceso selectivo se podrán presentar tanto personas que tengan
discapacidad, como las personas que no la tengan, que integrarán el cupo general. El
proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en el Anexo II de
esta convocatoria, celebrándose los ejercicios de ambos cupos en el mismo acto.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III
de esta convocatoria.
1.5. La duración máxima del proceso selectivo será de cuarenta y cinco días hábiles,
a contar desde la finalización del primer ejercicio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53629/2
2. Requisitos de participación.
2.1. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con
nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
Las personas extranjeras residentes en España podrán acceder en igualdad de
condiciones que las nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como
personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los
principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310577
1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los Estatutos
de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral
de las Universidades Públicas de Andalucía, el Reglamento de Selección, Contratación
y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz,
el Reglamento UCA/CG05/2023, de 20 de junio, por el que se regula la obligación de
relacionarse por medios electrónicos con la administración de la Universidad de Cádiz
del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos y las bases de la
presente convocatoria.
1.3. Al proceso selectivo se podrán presentar tanto personas que tengan
discapacidad, como las personas que no la tengan, que integrarán el cupo general. El
proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en el Anexo II de
esta convocatoria, celebrándose los ejercicios de ambos cupos en el mismo acto.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III
de esta convocatoria.
1.5. La duración máxima del proceso selectivo será de cuarenta y cinco días hábiles,
a contar desde la finalización del primer ejercicio.