5. Anuncios. . (2024/218-46)
Anuncio de 28 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Minas de Riotinto, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir tres plazas con la categoría de Policía Local, mediante sistema de oposición libre. (PP. 9893/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53211/2
la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía
Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en
materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 5/2023,
de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a
que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local.
4. Solicitudes.
4.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las
pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del
Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
4.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o
conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310160
3. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán
exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera
de algún cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar
armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
f) No haber sufrido separación, mediante resolución administrativa firme, del servicio
a la Administración local, autonómica o estatal, ni inhabilitación para el ejercicio de la
función pública por sentencia firme.
g) No tener antecedentes penales por delitos dolosos, sin perjuicio de la aplicación
del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales.
h) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
i) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado
anterior.
j) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el turno libre,
haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de
ingreso en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de
Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de
examen médico.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53211/2
la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía
Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en
materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 5/2023,
de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a
que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración
Local.
4. Solicitudes.
4.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las
pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del
Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
4.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o
conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310160
3. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán
exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera
de algún cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar
armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
f) No haber sufrido separación, mediante resolución administrativa firme, del servicio
a la Administración local, autonómica o estatal, ni inhabilitación para el ejercicio de la
función pública por sentencia firme.
g) No tener antecedentes penales por delitos dolosos, sin perjuicio de la aplicación
del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales.
h) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
i) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado
anterior.
j) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el turno libre,
haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de
ingreso en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de
Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de
examen médico.