3. Otras disposiciones. . (2024/217-48)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Automovilismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Jueves, 7 de noviembre de 2024

página 53496/11

Transcurrido dicho plazo, la Junta Directiva de la Federación resolverá sobre
mencionada baja.
Esta resolución se comunicará a la Dirección General competente en materia
de deporte el día siguiente al de su adopción y se notificará al interesado, que podrá
interponer recurso contra la misma, ante la Comisión Electoral Federativa, en el plazo
de cinco días naturales desde su notificación. Contra el acuerdo de la Comisión electoral
podrá interponerse recurso ante el Tribunal Administrativo del deporte de Andalucía, en el
plazo de tres días desde el siguiente a su notificación.

Artículo 40. Sesiones.
La Asamblea General se reunirá en sesión plenaria y con carácter ordinario al menos
una vez al año para la aprobación de las cuentas y memoria de las actividades deportivas
del año anterior, así como del calendario, programas y presupuesto anuales
Las reuniones de la Asamblea General de carácter extraordinario, serán convocadas
a iniciativa de la Presidencia o de un número de miembros de la Asamblea General que
no sea inferior al 30% del total de los integrantes de la misma. Si es a petición de los
asambleístas, la solicitud deberá incluir un orden del día y la Asamblea General será
convocada por la Presidencia en los diez días siguientes a su presentación y celebrada
en un plazo máximo de cuarenta y cinco días; los firmantes de la solicitud no podrán
presentar otra solicitud de convocatoria de la Asamblea General durante los seis meses
siguientes a la fecha de celebración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310444

Artículo 39. Competencias.
Son competencias exclusivas e indelegables de la Asamblea General:
a) La aprobación de las normas estatutarias, reglamentos federativos, el código de
buen gobierno, así como sus modificaciones.
b) La aprobación del presupuesto anual y la liquidación de las cuentas.
c) La elección de la persona titular de la Presidencia.
d) La designación y cese de los miembros de los órganos de disciplina deportiva.
e) La designación y cese de los miembros de la Comisión Electoral.
f) La designación de los miembros del Comité de Conciliación.
g) Decidir en su caso, sobre la moción de censura o cuestión de confianza y
correspondiente cese o mantenimiento de la persona titular de la Presidencia.
h) Adoptar el acuerdo de disolución voluntaria de la Federación o conocer de la
disolución no voluntaria y articular el procedimiento de liquidación.
i) Aprobar el calendario federativo y otorgar la calificación de oficial a las actividades y
las competiciones, así como su memoria.
j) Aprobar las normas y cuotas de expedición de las licencias federativas, y en su
caso, de los títulos habilitantes.
k) La designación y cese de las personas titulares de la Secretaría General, la
Intervención, de los miembros del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, de los
miembros de la Comisión de Mujer y Deporte, y del Comisionado del Menor Deportista.
l) La creación de comités específicos de orden técnico y organizativo.
m) Aprobar las operaciones económicas que impliquen el gravamen o enajenación de
sus bienes inmuebles o que impliquen comprometer gastos de carácter pluriannual, de
acuerdo con lo dispuesto en estos estatutos.
n) Resolver aquellas otras cuestiones que hayan sido sometidas a su consideración
en la convocatoria y se hallen en el Orden del Día.
o) Cualquier otra que se le atribuya en los presentes estatutos o se le otorguen
reglamentariamente.