Autoridades y personal. . (2024/216-34)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de carácter directivo de Dirección de Enfermería en el Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Miércoles, 6 de noviembre de 2024
página 53455/2
Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los aspirantes
consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido además
deberá ir relacionado con las siguientes materias.
- Supervisión y coordinación, organización y gestión general de la actividad asistencial
de las diferentes unidades y áreas de enfermería de su centro.
- Planes de Cuidados y de las actividades relacionadas con los procesos asistenciales
definidos en los mismos.
- Planificación de recursos humanos necesarios para el desarrollo de las actividades
asistenciales de las unidades y áreas bajo su ámbito de responsabilidad.
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. Análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas para
su gestión eficiente.
1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310403
Tercera. Plazo de presentación: Será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente
al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presentación de las solicitudes de participación se realizará utilizando la Ventanilla
Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica de
Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/»
en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/»
cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de
solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse mediante
cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos
por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en
su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme dispone
el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección electrónica
habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio de notificaciones
del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta de Andalucía para la
práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado a tal efecto «Notificaciones
de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los
errores en la consignación como en el mantenimiento de los datos personales y del correo
asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección electrónica habilitada para la práctica de
las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico y/o a la
dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado, informándole
de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica habilitada. El
correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará el único válido
para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo responsabilidad
exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de este como la falta
de comunicación de cualquier cambio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Miércoles, 6 de noviembre de 2024
página 53455/2
Cuarta. Proyecto Técnico de Gestión.
1. El Proyecto Técnico de Gestión contendrá todos aquellos aspectos que los aspirantes
consideren de interés para el correcto desempeño del puesto. Dicho contenido además
deberá ir relacionado con las siguientes materias.
- Supervisión y coordinación, organización y gestión general de la actividad asistencial
de las diferentes unidades y áreas de enfermería de su centro.
- Planes de Cuidados y de las actividades relacionadas con los procesos asistenciales
definidos en los mismos.
- Planificación de recursos humanos necesarios para el desarrollo de las actividades
asistenciales de las unidades y áreas bajo su ámbito de responsabilidad.
Se valorarán además los siguientes aspectos clave:
1.1. Líneas estratégicas para el desarrollo de las áreas de responsabilidad.
1.2. Análisis de los recursos humanos y estructurales asignados y las propuestas para
su gestión eficiente.
1.3. Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de
referencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310403
Tercera. Plazo de presentación: Será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente
al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presentación de las solicitudes de participación se realizará utilizando la Ventanilla
Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud de participación deberá formularse, a través de «la Ventanilla Electrónica de
Profesionales» alojada en la página web corporativa del Servicio Andaluz de Salud
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/»
en la dirección electrónica
«https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales/»
cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de
solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse mediante
cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos
por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en
su solicitud. Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, conforme dispone
el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, mediante comparecencia en la dirección electrónica
habilitada, para lo cual prestará su conformidad para el alta en el servicio de notificaciones
del sistema a disposición de las Consejerías y entidades de la Junta de Andalucía para la
práctica de la notificación electrónica a través del canal destinado a tal efecto «Notificaciones
de la VEC del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los
errores en la consignación como en el mantenimiento de los datos personales y del correo
asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección electrónica habilitada para la práctica de
las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico y/o a la
dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado, informándole
de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica habilitada. El
correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará el único válido
para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo responsabilidad
exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de este como la falta
de comunicación de cualquier cambio.