3. Otras disposiciones. . (2024/216-49)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se actualiza el Programa de Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo de Andalucía y se establece el mecanismo para su revisión.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 216 - Miércoles, 6 de noviembre de 2024

página 53459/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Salud Pública
y Ordenación Farmacéutica, por la que se actualiza el Programa de Vigilancia
Sanitaria del Agua de Consumo de Andalucía y se establece el mecanismo para
su revisión.
En el año 2005 se elaboró por la Consejería competente en materia de salud el Programa
de Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de Consumo Humano de Andalucía, conforme
a lo previsto en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los
criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, posteriormente derogado
por el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnicosanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Asimismo, tras la entrada en vigor del Decreto 70/2009, de 31 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de Consumo Humano
de Andalucía, se ha procedido por el órgano directivo competente en salud pública a
actualizar el referido Programa de Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de Consumo
de Andalucía.
El artículo 17 del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los
criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro,
dispone que la vigilancia sanitaria del agua de consumo es responsabilidad de la
autoridad sanitaria autonómica, la cual actualizará el Programa de Vigilancia Sanitaria del
Agua de Consumo.
Por ello, es necesario proceder a la actualización del Programa Autonómico de
Vigilancia Sanitaria del Agua de Consumo de Andalucía, así como establecer el
mecanismo de su revisión, que ha de tener en cuenta los medios electrónicos actuales.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido párrafo e) del artículo 8 del Decreto
198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Salud y Consumo, en el artículo 17 del Real Decreto 3/2003, de 10 de
enero, y en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía,
RESU ELVO

Segundo. La presente resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de octubre de 2024.- El Director General, Jorge Guillermo del Diego Salas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310407

Primero. Actualizar el Programa de Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de
Consumo de Andalucía, denominado Programa Autonómico de Vigilancia Sanitaria del
Agua de Consumo de Andalucía, cuyo contenido se encuentra en la siguiente dirección
de la página web de esta Consejería:
https://juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo/areas/entornos-saludables/
salud-ambiental/paginas/aguas-consumo-publico.html
En dicha página web se publicarán las actualizaciones y revisiones del citado
Programa, firmadas por el titular del órgano directivo competente en materia de salud
pública, indicando el número de versión y la fecha.