Autoridades y personal. . (2024/214-16)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud y se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que se citan, se declaran decaídas a las personas que se citan y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53305/5
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de
desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se
accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el
certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Noveno. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles desde el día hábil siguiente al de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, inclusive, a las
personas candidatas que se cita en el Anexo IV de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita
y que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición
de discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para
el ejercicio de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las
funciones propias de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del
certificado médico en vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de
posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se
podrá llevar a cabo la publicación del nombramiento de aquellos que hayan presentado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310254
Octavo. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado cuarto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53305/5
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de
desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se
accederá desde la web https://juntadeandalucia.es/servicios.html accediendo con el
certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Noveno. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles desde el día hábil siguiente al de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, inclusive, a las
personas candidatas que se cita en el Anexo IV de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita
y que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición
de discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para
el ejercicio de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las
funciones propias de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del
certificado médico en vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de
posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se
podrá llevar a cabo la publicación del nombramiento de aquellos que hayan presentado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310254
Octavo. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado cuarto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.