3. Otras disposiciones. . (2024/214-49)
Resolución de 28 de enero de 2024, de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la delimitación del Bien de Interés Cultural, Monumento, Castillo de Niebla y de su entorno, en el término municipal de Niebla (Huelva).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024

página 53198/2

II. El Castillo de Niebla es uno de los monumentos más relevantes del patrimonio
arquitectónico defensivo de la provincia de Huelva. Además de su entidad constructiva,
su valor histórico, erigiéndose sobre restos romanos e islámicos, se fundamenta en ser
un referente histórico del estudio de la Edad Media y Moderna por su vinculación con
el más importante linaje nobiliario de la Andalucía medieval y moderna: los duques de
Medina Sidonia.
El Castillo se sitúa entre las puertas de Sevilla y del Agujero, en extremo norte de la
ciudad amurallada de Niebla, un conjunto fortificado resultado de una compleja evolución
constructiva a lo largo de la historia, desde la Edad del Hierro hasta la actualidad, en la
que la alcazaba es el elemento de mayor monumentalidad del recinto. Su construcción
se debe a Enrique de Guzmán, IV conde de Niebla y II duque de Medina Sidonia (14691492), que edificó sobre el anterior alcázar islámico el «Castillo de los Guzmanes».
Consta de dos recintos, el castillo propiamente dicho y un perímetro defensivo exterior
que lo rodea con diez torres en mampostería con zócalos y aristas de sillería en las
esquinas, con numerosas troneras del tipo «cruz y orbe», adosándose en su flanco norte
al recinto amurallado de la ciudad. La estructura interior se organizaba en dos patios; uno
central porticado desde el que se distribuían las estancias de los condes y otro patio de
armas con las caballerizas y las dependencias militares.
Desde su construcción, el castillo cristiano pasó por diversos acontecimientos entre los
que destaca el «Saco de Niebla» de 1508, quedando el castillo en manos de los alcaides
reales hasta 1520. Durante el siglo XVI se lleva a cabo la reparación de los muros, el
adecentamiento de los espacios interiores y la sustitución de la solería de la torre del
homenaje, reformas que se fueron incrementando por la llegada de los condes a finales
del siglo XVI. Desde mediados del siglo XVII se indicia un progresivo abandono, a lo que
hay que añadirle las consecuencias del terremoto de Lisboa de 1755, especialmente
para la torre del homenaje, parcialmente destruida. La utilización de las ruinas como
cantera de materiales para las nuevas construcciones en la ciudad fue una constante
en los siguientes años. La Guerra de la Independencia con la ocupación del castillo por
las tropas francesas a principios del siglo XIX provocaron la ruina del Castillo de Niebla,
situación que permanecerá durante el siglo XIX, continuando el expolio de sus materiales.
La carretera Sevilla y Huelva construida en 1846 afectó al entorno, cegando parte del foso
de la fortaleza. Esta realidad se agravaría en las primeras décadas del siglo XX, pero del
mismo modo marca el inicio de trabajos de recuperación y restauración de las ruinas del
castillo desde fines de los años 20, proceso que continúa en la actualidad.
El castillo y murallas de Niebla fueron declarados Monumento Histórico Artístico por
Decreto de 14 de abril de 1945, publicado en el BOE de 20 de abril de 1945, página 3140.
En virtud de cuanto sobre ello dispone la disposición adicional primera de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, publicada el 29 de junio, ostenta la
condición de Bien de Interés Cultural por ministerio de ley. En los términos de la disposición
adicional segunda de la vigente Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico
de Andalucía se encuentra inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico
Andaluz, como Bien de Interés Cultural. Los estudios históricos de investigación y las
intervenciones arqueológicas de los últimos años aportan información sobre la naturaleza
del Monumento, por lo que en aras de un mejor ejercicio de tutela, procede la actualización
de su delimitación y entorno de protección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310147

Por resolución de 19 de mayo de 2022, de la Dirección General de Patrimonio
Histórico y Documental, se delegan en las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales de esta Consejería el ejercicio de la competencia para resolver la incoación
de los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico
Andaluz, a que se refiere el artículo 9 de la Ley 14/2007, de Patrimonio Histórico de
Andalucía, salvo que su objeto supere el ámbito provincial.