5. Anuncios. . (2024/214-76)
Anuncio de 28 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad sobre el pago de expediente de expropiación forzosa que se cita.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53247/2
Para el percibo de las cantidades que le corresponden mediante transferencia
bancaria y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, modificado
por disposición adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre, y del artículo 52
y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y
de la gestión recaudatoria, se deberá de presentar la documentación que se detalla a
continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en el plazo de 15 días a computar desde el día siguiente a la presente notificación.
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno, acreditando el porcentaje de
participación de cada uno de ellos, y, en su defecto, conste en el expediente autorización
expresa para que figure en la propuesta contable uno de ellos.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta»), otorgado ante el secretario/a del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder, así como
fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia de la Escritura de
Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento,
inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la propiedad, o en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificación negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la Finca esté Hipotecada o Embargada, deberán aportar
Autorización o Conformidad del Acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado Bancario Original con el Sello original de la Entidad, con los 20 dígitos de
la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.
8. Por otra parte, indicarle que para recibir cualquier pago de la Junta de Andalucía,
es necesario que la cuenta bancaria se encuentre dada de alta en el Sistema GIRO
(Gestión Integral de Recursos Organizativos), lo que podrá hacer de dos maneras:
• De forma presencial: Descargar e imprimir el formulario de Mantenimiento de
Cuentas de Terceros en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/SOLICITUD_TIPO_MANTENIMIENTO_DE_
CUENTAS_ACREEDORES.pdf
y después, presentar el documento debidamente cumplimentado en cualquier oficina del
Servicio Provincial de Tesorería de la Delegación del Gobierno de la provincia en donde
tenga fijado su lugar de residencia.
• De forma telemática: Accediendo con su Certificado digital a través de la Oficina
Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
https://www.ceh.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/apl/tesoreria/
A estos efectos el Registro Electrónico único de la Junta de Andalucía está accesible
en la siguiente sede electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/servicios.html
De no presentar la documentación solicitada, el importe del Mutuo Acuerdo, será
depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación
de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en Almería, hasta la entrada en esta
Delegación Territorial de la documentación solicitada y posterior comprobación de la
titularidad, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310196
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 53247/2
Para el percibo de las cantidades que le corresponden mediante transferencia
bancaria y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, modificado
por disposición adicional 10 de la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre, y del artículo 52
y siguientes del Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y
de la gestión recaudatoria, se deberá de presentar la documentación que se detalla a
continuación en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en el plazo de 15 días a computar desde el día siguiente a la presente notificación.
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno, acreditando el porcentaje de
participación de cada uno de ellos, y, en su defecto, conste en el expediente autorización
expresa para que figure en la propuesta contable uno de ellos.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta»), otorgado ante el secretario/a del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder, así como
fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia de la Escritura de
Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento,
inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la propiedad, o en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificación negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la Finca esté Hipotecada o Embargada, deberán aportar
Autorización o Conformidad del Acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado Bancario Original con el Sello original de la Entidad, con los 20 dígitos de
la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de los beneficiarios de dicho pago.
8. Por otra parte, indicarle que para recibir cualquier pago de la Junta de Andalucía,
es necesario que la cuenta bancaria se encuentre dada de alta en el Sistema GIRO
(Gestión Integral de Recursos Organizativos), lo que podrá hacer de dos maneras:
• De forma presencial: Descargar e imprimir el formulario de Mantenimiento de
Cuentas de Terceros en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/SOLICITUD_TIPO_MANTENIMIENTO_DE_
CUENTAS_ACREEDORES.pdf
y después, presentar el documento debidamente cumplimentado en cualquier oficina del
Servicio Provincial de Tesorería de la Delegación del Gobierno de la provincia en donde
tenga fijado su lugar de residencia.
• De forma telemática: Accediendo con su Certificado digital a través de la Oficina
Virtual de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
https://www.ceh.junta-andalucia.es/haciendayadministracionpublica/apl/tesoreria/
A estos efectos el Registro Electrónico único de la Junta de Andalucía está accesible
en la siguiente sede electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/servicios.html
De no presentar la documentación solicitada, el importe del Mutuo Acuerdo, será
depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación
de Economía, Hacienda y Fondos Europeos en Almería, hasta la entrada en esta
Delegación Territorial de la documentación solicitada y posterior comprobación de la
titularidad, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310196
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía