3. Otras disposiciones. . (2024/214-40)
Acuerdo de 23 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por el que se abre un periodo de información pública del procedimiento para la extinción del derecho al uso privativo de aguas que a continuación se indica.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53302/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Acuerdo de 23 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por el que se abre un periodo de
información pública del procedimiento para la extinción del derecho al uso
privativo de aguas que a continuación se indica.
De conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico aprobado, por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en virtud de la
competencia atribuida por Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como
en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24
de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un período de información pública, en el seno del
procedimiento de Extinción de Derechos con número de expediente 2023EXT002586AL/
A-0524-01-BIS, en relación al expediente número A-0524-01-BIS (1997SCA000375AL),
titularidad de la Comunidad de Regantes Aguas de Níjar, y relativo a un derecho para la
utilización de aguas subterráneas procedentes de ocho sondeos localizados en el paraje
Polopos del término municipal de Lucainena de las Torres (Almería). Dicho expediente se
encuentra relacionado con el de referencia A-0524-01 correspondiente a una precedente
investigación de aguas, y el cual cuenta con Resolución de fecha 20.10.2000, en la que
se recogen, literalmente las siguientes características del aprovechamiento:
Nombre del usuario: Comunidad de Regantes «Aguas de Níjar».
Lugar de la toma: 8 pozos en Polopos (Almería).
Caudal máximo/ha/año: 0,22 l/s.
Caudal máximo anual: 4.592.000 m³.
Caudal máximo en el mes de mayor consumo: 690.277 m³.
Caudal máximo instantáneo: 1.770 l/s.
Uso: Riego de 656 ha.
Localización geográfica: Los 8 pozos están situados entre las coordenadas:
Latitud Norte: 37º 01’10” 37º 01’50”.
Longitud Oeste: 2º 05’ 20” 2º 05’ 11”.
Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
acuerdo, a fin de que durante el plazo de veinte días, a contar a partir del día siguiente al
de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por si misma, la
condición de interesado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310251
La causa del inicio del presente procedimiento de extinción de derechos es el
incumplimiento de las condiciones esenciales de dicho título, así como por caducidad
del derecho, ante la falta de explotación de al menos cinco pozos por más de tres años
consecutivos, imputable al titular.
El acuerdo de inicio del expediente extinción se ha adoptado de oficio.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53302/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Acuerdo de 23 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por el que se abre un periodo de
información pública del procedimiento para la extinción del derecho al uso
privativo de aguas que a continuación se indica.
De conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico aprobado, por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en virtud de la
competencia atribuida por Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como
en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24
de junio, de Transparencia Pública de Andalucía,
ACUERDO
Primero. La apertura de un período de información pública, en el seno del
procedimiento de Extinción de Derechos con número de expediente 2023EXT002586AL/
A-0524-01-BIS, en relación al expediente número A-0524-01-BIS (1997SCA000375AL),
titularidad de la Comunidad de Regantes Aguas de Níjar, y relativo a un derecho para la
utilización de aguas subterráneas procedentes de ocho sondeos localizados en el paraje
Polopos del término municipal de Lucainena de las Torres (Almería). Dicho expediente se
encuentra relacionado con el de referencia A-0524-01 correspondiente a una precedente
investigación de aguas, y el cual cuenta con Resolución de fecha 20.10.2000, en la que
se recogen, literalmente las siguientes características del aprovechamiento:
Nombre del usuario: Comunidad de Regantes «Aguas de Níjar».
Lugar de la toma: 8 pozos en Polopos (Almería).
Caudal máximo/ha/año: 0,22 l/s.
Caudal máximo anual: 4.592.000 m³.
Caudal máximo en el mes de mayor consumo: 690.277 m³.
Caudal máximo instantáneo: 1.770 l/s.
Uso: Riego de 656 ha.
Localización geográfica: Los 8 pozos están situados entre las coordenadas:
Latitud Norte: 37º 01’10” 37º 01’50”.
Longitud Oeste: 2º 05’ 20” 2º 05’ 11”.
Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
acuerdo, a fin de que durante el plazo de veinte días, a contar a partir del día siguiente al
de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.
La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por si misma, la
condición de interesado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310251
La causa del inicio del presente procedimiento de extinción de derechos es el
incumplimiento de las condiciones esenciales de dicho título, así como por caducidad
del derecho, ante la falta de explotación de al menos cinco pozos por más de tres años
consecutivos, imputable al titular.
El acuerdo de inicio del expediente extinción se ha adoptado de oficio.